SIN INFORMACION

VELÁSQUEZ/SEREMI BIENES NACIONALES REGION DE LOS RIOS

Rol

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

hechos que motivan la interposición del presente recurso dicen relación con la Resolución Exenta N°499 de fecha 02 de junio de 2023 de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Los Ríos, que dispuso el término a la postulación de servidumbre voluntaria sobre el inmueble fiscal Hijuela 110, fundado en que el inmueble es imprescindible actualmente para el Fisco de Chile y los planes de gestión territorial proyectados en el sector, atendida además, a la ocupación irregular de terceros sobre el inmueble, constatada en el proceso de fiscalización en terreno. TERCERO: Como se dijo, uno de los pilares del recurso de protección es la existencia de actuaciones u omisiones ilegales o arbitrarias. Para deslindar la búsqueda de aquellos vicios, es necesario fijar la mirada en el Decreto Ley 1939, que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del estado, en cuyo artículo 13, se lee que los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a éstos, para fines turísticos y de pesca, cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto. En este caso, se trata de un predio colindante de playa que es de propiedad del Fisco, y a través del cual, la actora ha sido privada de paso, por terceros, por lo que ha intentado la vía de acordar una servidumbre de tránsito con el Fisco, y para lo anterior se ha procedido en los términos de la Orden 1, de 9 de septiembre de 2016 que imparte instrucciones con relación a criterios y procedimientos para constituir servidumbres sobre propiedad fiscal administrada por el Ministerio de Bienes Nacionales. De dicho cuerpo normativo se lee, en su consideración preliminar N° 3, que dado que en el decreto ley Nº 1.939, de 1977, no existe norma expresa sobre la constitución de servidumbres en los inmuebles fiscales o en beneficio de ellos, razón por la cual en esta materia el Fisco se rige por las normas del derecho común, y por el uso de

Fundamentos

considerando en calidad de predio sirviente al inmueble fiscal identificado como hijuela N°110, ubicado en el sector Mantilhue, comuna de Río Bueno, Región de Los Ríos, singularizado en el Plano N° X-1-7807-CR, Rol de Avalúo Fiscal 528-173, comuna de Río Bueno. El derecho real pretendido, correspondería en favor de inmueble dominante particular, singularizado como Lote 6G del plano de subdivisión Lote 6 de la hijuela número 103, ubicado en el sector de Mantilhue, comuna de Rio Bueno. 3.- Que, el Informe de Validación Catastral N°1, verificado en tramitación del folio N°654124, luego de identificar y analizar información territorial, concluye que el inmueble fiscal vinculado a la postulación se encuentra sin administración y con ocupantes, según se constató en proceso de fiscalización de fecha 20-04-2022, ID N° 1363495,

Fallo

por tanto, se solicita que el Comité Consultivo evalúe continuar con la tramitación de la postulación a servidumbre voluntaria, ya que existen otras alternativas legales para asegurar el acceso al bien nacional de uso público (playa de lago), como es el relacionado al procedimiento de fijación de acceso a playa, regulado en el D.L N°1.939. 4.- Que, el Comité Consultivo, en acuerdo de sesión N°93 de fecha 30 de mayo de 2023, conformado por las Unidades Tramitadoras de esa Seremi, propusieron a la autoridad regional, rechazar solicitud de servidumbre voluntaria, por ser imprescindible el inmueble fiscal comprometido, para los intereses del Fisco de Chile, en atención los planes de Gestión Territorial proyectados en el sector donde se emplaza. 5.- Que, mediante Resolución Exenta N°499 de fecha 02 de junio de 2023 de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Los Ríos, dictada en folio N°654124, se dispuso el término a la postulación de servidumbre voluntaria sobre inmueble fiscal antes señalado, fundado en que el inmueble fiscal relacionado es imprescindible actualmente para el Fisco de Chile y los planes de gestión territorial proyectados en el sector, atendida además, a la ocupación irregular de terceros sobre el inmueble, constatada en proceso de fiscalización en terreno. Se indicó en el acto administrativo, que es posible evaluar otras alternativas legales para asegurar el libre acceso al bien nacional de uso público (playa de lago Puyehue), mediante proced

Texto Completo (Preview)

Valdivia, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Vistos, Comparece doña Lucinda Inés Vasquez Agüero, secretaria, con domicilio en calle Fruto Sáez Nº821, comuna de Osorno, deduce el presente Recurso de Protección en contra de la SEREMI DE BIENES NACIONALES DE LOS RIOS, representada legalmente para estos efectos por don Jorge Enrique Pacheco Rojas, ambos domiciliados para estos efectos en Aven

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