SIN INFORMACION

FIGUEROA/RUIZ

Rol

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que, las circunstancias referidas en la presente acción no se corresponden con aquellas por las cuales se deba conocer en esta clase de arbitrio constitucional, puesto que, lo expuesto consiste en una reclamación o manifestación de disconformidad acerca de decisiones jurisdiccionales adoptadas en el marco de un procedimiento en curso ante el Juzgado de Familia, algunas de las cuales se habrían adoptado previos informes del consejo técnico, habiendo oído las argumentaciones de ambas partes, y además, en conocimiento de todos los antecedentes que se invocan ante esta Corte, pronunciamientos que, por lo demás, son susceptibles de los recursos procesales idóneos que se encuentran a disposición de la recurrente, y que, en cuanto a dicha idoneidad para el asunto vertido, se diferencian de la presente acción de naturaleza sumaria, cautelar y de emergencia, cuyo objetivo es la protección ante la vulneración y/o amenaza de derechos fundamentales . 3°) Que, de este modo, lo antes razonado conlleva necesariamente a descartar la ilegalidad o arbitrariedad alegada, de forma tal que la presente acción de protección no habrá de prosperar. Conforme a lo anterior y no apreciándose hechos que pudieran ser arbitrarios e ilegales y consecuencialmente afectar derechos fundamentales, examen de admisibilidad que el numeral 2° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales permite realizar a estos sentenciadores, se declara inadmisible el interpuesto a folio 1, en contra de la Jueza de Familia de Puerto Montt, doña PAULA ROSA CAICO NIK

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales permite realizar a estos sentenciadores, se declara inadmisible el interpuesto a folio 1, en contra de la Jueza de Familia de Puerto Montt, doña PAULA ROSA CAICO NIKLISTSCHECK, y la Consejera Técnica del mismo tribunal, doña RUTH MARIA RUIZ MORALES. Regístrese notifíquese y archívese, en su oportunidad. Resolviendo escrito a folio 2: Téngase presente, sin perjuicio de lo resuelto precedentemente. Rol Protección N°1094-2023//cml.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica