MUNICIPALIDAD DE TUCAPEL C/ JOSE ANTONIO FERNANDEZ ALISTER Y OTROS
Rol
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto 1°. - Que, se han alzado en contra de la resolución de siete de agosto en curso, las defensas de José Antonio Fernández Alister, Yohana Andrea Burgos Burgos y Arlette Angélica Venegas Quiroz. 2°. - Que, la defensa del imputado Fernández Alister, solicita la revocación de las medidas cautelares impuestas, y en subsidio, se impongan las medidas de arresto domiciliario parcial nocturno y arraigo nacional. Alega que no se configuran los elementos del tipo del delito de fraude al fisco, por cuanto, con los antecedentes aportados por el ministerio Público no puede establecerse el dolo directo requerido. Añade que la investigación tiene como fuente el sumario administrativo seguido en el Municipio, del cual no derivaron sanciones para Fernández Alister. En cuanto a la necesidad de cautela señala que su representado goza de irreprochable conducta anterior, cuenta con arraigo familiar y social, ha comparecido voluntariamente pese a no encontrarse legalmente notificado. A mayor abundamiento indica que la prohibición de acercarse a la I. Municipalidad de Tucapel, impide el ejercicio de su cargo de elección popular de concejal del ente edilicio. 3°. - Que, la defensa de Burgos Burgos, apela de la resolución en cuanto impuso a su representada la medida cautelar del arresto domiciliario nocturno. Al efecto, cuestiona la participación de la encartada fundada en que su contratación es posterior a la celebración de los actos relativos a los ilícitos formalizados, que no se encuentra dentro de sus funciones el pago a los proveedores, sino la verificación de la instalación y funcionamiento de las luminarias, y que, en atención a esto último, no se formularon en su contra cargos, ni se impusieron sanciones por el ente contralor en el sumario administrativo llevado en su contra. Objeta, además la necesidad de cautela en relación al arresto domiciliario parcial nocturno, basado en que su representada goza de irreprochable conducta anterior y que actualmente padece de una disc
Fundamentos
considerando que se trata de una persona sin anotaciones prontuariales previas, que ha comparecido voluntariamente a los actos del procedimiento, resultando la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno desproporcionada a los fines del procedimiento. 10°. - Que, en cuanto a la necesidad de cautela referida a Venegas Quiroz, en los mismos términos que sus coimputados, no cuenta con anotaciones pretéritas, ni se han aportado antecedentes que permitan presumir que pretenda entorpecer la investigación o que pretenda evadir la acción de la justicia.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca, la resolución apelada de fecha siete de agosto en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, solo en cuanto en su lugar se declara: Que se imponen a José Antonio Fernández Alister las medidas cautelares de arraigo nacional y la prohibición tener contacto con los demás imputados, Mario Antonio Wohlk Caro, Arlette Angélica Venegas Quiroz, Yohana Andrea Burgos Burgos Y Rodrigo Alcides Álvarez Aldea. Que se imponen a las imputadas Yohanna Andrea Burgos Burgos y Arlette Angélica Venegas Quiroz las medidas cautelares de arraigo nacional y la prohibición de comunicación con el imputado José Fernández Alister. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-442-2023.-
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C.A. Chillán /mgab Chillán, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Visto 1°. - Que, se han alzado en contra de la resolución de siete de agosto en curso, las defensas de José Antonio Fernández Alister, Yohana Andrea Burgos Burgos y Arlette Angélica Venegas Quiroz. 2°. - Que, la defensa del imputado Fernández Alister, solicita la revocación de las medidas cautelares impuestas, y en subsidio,
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