CATALÁN CON BANCO SANTANDER-CHILE CHILE
Rol
Fecha
23 de agosto de 2023
Materia
PRESTACIONES
Resultado
ACOGIDA/RECHAZADO
Hechos
VISTO: Comparece el abogado Vicente Andrés Gutiérrez Leyton, en representación de la parte demandada Banco Santander Chile, quien deduce recurso de nulidad, en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha 26 de Abril de 2023, en los antecedentes RIT O–109-2022 del Primer Juzgado de Letras de San Fernando, dictada por el juez Titular de ese tribunal, don Felipe Cabrera Celsi. Contra el mismo fallo, también dedujo recurso de nulidad el abogado Valentín Rafael Reyes Bertolone, en representación de la parte demandante. El demandado fundamenta su recurso en la causal contenida en el artículo 477 del Código del Ramo, solicitando a esta Corte invalide parcialmente la sentencia y dictando la de reemplazo ordene pagar el 30% de recargo sólo sobre la indemnización legal por años de servicio. Por su parte, el demandante invoca la misma causal, pidiendo se invalide parcialmente la sentencia y dictando la de reemplazo se incluyan en la base de cálculo las asignaciones de premio, condenando además, a la demandada, a las diferencias expuestas en el recurso, con costas. Se declararon admisibles los recursos de nulidad materia de esta controversia y en la audiencia de vista de los recursos, ambas partes reiteraron los argumentos vertidos en sus respectivos escritos de nulidad, pidiendo el rechazo del recurso de la contraria. Finalizadas las exposiciones de los intervinientes se puso término al debate, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo y producido éste, se procede a dictar el siguiente fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que como se indicara en lo expositivo de esta sentencia, la parte demandada, dedujo en contra del
Fallo
Se declararon admisibles los recursos de nulidad materia de esta controversia y en la audiencia de vista de los recursos, ambas partes reiteraron los argumentos vertidos en sus respectivos escritos de nulidad, pidiendo el rechazo del recurso de la contraria. Finalizadas las exposiciones de los intervinientes se puso término al debate, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo y producido éste, se procede a dictar el siguiente fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que como se indicara en lo expositivo de esta sentencia, la parte demandada, dedujo en contra del fallo del Primer Juzgado de Letras de San Fernando, recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, señalando como normas infringidas los artículos 5, 163 y 168 del Código del Trabajo y artículo 1545 del Código Civil. SEGUNDO: Que explicando su recurso, señala que la sentencia que acogió parcialmente la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por el actor, ordenó el pago de un recargo del 30% sobre la indemnización convencional por años de servicio (sin tope de años), en circunstancias que correspondía calcularlo sobre la indemnización legal, por aplicación de lo pactado expresamente entre el Sindicato -del cual formaba parte el actor- y el Banco Santander. En efecto, en el convenio colectivo si bien la
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Rancagua, veintitrés de Agosto de dos mil veintitrés. VISTO: Comparece el abogado Vicente Andrés Gutiérrez Leyton, en representación de la parte demandada Banco Santander Chile, quien deduce recurso de nulidad, en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha 26 de Abril de 2023, en los antecedentes RIT O–109-2022 del Primer Juzgado de Letras de San Fernando, dictada por el juez Titular de
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