JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/ M.A. A. F.

Rol

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 32 de la Ley 20.084 dispone, en lo pertinente, que la internación provisoria en un centro cerrado sólo deberá aplicarse tratándose de la imputación de conductas, que de ser cometidas por una persona mayor de dieciocho años, constituirían crímenes y los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del Código Procesal Penal no pudieren ser alcanzados mediante la aplicación de alguna de las demás medidas cautelares personales. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que los delitos por los cuales fue formalizada la investigación tienen aparejada penas de simples delitos y lo que es de relevancia, la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo. Y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 24 de la Ley 20.084 y 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de fecha dieciséis de agosto del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la internación provisoria del imputado adolescente de iniciales M.A.A.F. y en su lugar se declara que se la sustituye por las medidas contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional. El Tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°2506-2023 Penal

Fallo

se declara que se la sustituye por las medidas contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional. El Tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N°2506-2023 Penal

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San Miguel, a veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: 2506-2023 PEN Ruc: 2300880060-K Rit: 6962-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Sebastián Andrés Vergara De La Rivera Ministerio Público: Magdalena Balart Salvat Defensor: Pedro Narvaez Candias Imputado: M.A.A.F. Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, a veintiuno de agosto de do

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