CANON CHILE S.A./SMART TRADE SPA
Rol
Fecha
24 de agosto de 2023
Materia
ACCIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY QUE REGULA LA COMPETENCIA DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo señalado en artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en los juicios sumarios, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes, y conforme lo dispone el artículo 90 del mismo Código, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se declaran inadmisible los recursos de apelación, interpuestos por la parte demandante (folio 48) y los demandados Smart Trade SpA e Importadora Calbuco Ltda. (folio 47), con fecha veintisiete de abril pasado, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de fecha once de abril de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-12597-2023.
Fallo
se declaran inadmisible los recursos de apelación, interpuestos por la parte demandante (folio 48) y los demandados Smart Trade SpA e Importadora Calbuco Ltda. (folio 47), con fecha veintisiete de abril pasado, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de fecha once de abril de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-12597-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. A los folios 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo señalado en artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en los juicios sumarios, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes, y conforme lo dispone el artículo 90
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