SIN INFORMACION

TOMAS ALEJANDRO PEREZ STUARDO/10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el Defensor Penal Público Javier Villagrán Guzmán quien interpone recurso de amparo a favor del imputado Tomás Alejandro Pérez Stuardo, y en contra de la resolución de 10 de agosto del año en curso pronunciada por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT Nº605-2023, por la cual se decretó la medida cautelar de prisión preventiva anticipada en su contra. Relata que el pasado 10 de agosto se comunicó a su representado que se sigue en su contra investigación por el delito de tráfico ilícito de drogas, en grado de ejecución consumado, cabiéndole participación en calidad de autor. Añade que a la referida audiencia el imputado compareció privado de libertad por causa diversa, al encontrarse en prisión preventiva en causa del 9º Juzgado de Garantía de Santiago. Sostiene que a solicitud del Ministerio Público, y pese a la oposición de la defensa, se decretó su prisión preventiva anticipada por considerarlo un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido el delito por el cual fue formalizado, el carácter del mismo, su forma de comisión, la pena asignada y el eventual cumplimiento efectivo de la misma, estimando, además, que podría eludir la acción de la justicia y no presentarse a los actos del procedimiento. Reclama que la resolución contra la que se recurre decretó la medida cautelar pese a que la investigación no se ha cerrado y a que la causa en la que inicialmente se decretó la presión preventiva no ha concluido. Alega que el tribunal no pude imponer la medida cautelar más gravosa del ordenamiento jurídico con la sola idea de que la otra medida cautelar va a cesar presumiendo que el imputado se sustraerá a los actos del proceso llevado en su contra vulnerando de este modo el principio de inocencia. Enfatiza que al decretarse la prisión preventiva en contra del imputado que ya se encuentra privado de libertad en virtud de la misma medida cautelar decretada en causa diversa, se incurre en una legalid

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de amparo deducido a favor del imputado Tomás Alejandro Pérez Stuardo. Acordada con el voto en contra de la Ministra Pizarro S., quien estuvo por hacer lugar a la acción de amparo, teniendo presente para ello las siguientes razones: 1ª) Que con arreglo a lo preceptuado en el artículo 141 del Código Procesal Penal no procede imponer la medida cautelar de prisión preventiva en forma anticipada con respecto a un imputado que no se encuentra cumpliendo una condena, sino que está sometido a igual cautelar en una causa diversa, sin que, tampoco se haya justificado o fundado en forma puntual o específica relacionada con el sujeto pasivo de la litis en que incide el presente asunto, de manera de cumplir con lo que estatuye la parte final de la letra c) de la referida norma; 2ª) Dado lo anterior, es necesario tener en cuenta que las medidas cautelares personales solo pueden decretarse en los casos que específicamente establece la ley procesal, esto es, tienen un carácter excepcional, por lo que su interpretación debe ser restrictiva. Así, en el caso de autos, el amparado ya se encuentra sujeto a la medida de prisión preventiva en causa RIT 1740-2023 seguida ante el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, de forma tal que una segunda medida cautelar de dicha entidad, a propósito de la causa diversa en que incide el recurso de amparo deducido, RIT 605-2023 seguida ante el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, no admite ser impuesta de forma antici

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Certifico que se anunciaron, escucharon relación y alegaron en la Cuarta Sala, por el recurso la abogada doña Karen Cerón Acuña, y contra el mismo la abogada doña Yelica Lusic Nadal. San Miguel, 21 de agosto de 2023. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. A los folios 6 y 7: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece

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