CARLOS PATRICIO CORREA IÑÍGUEZ/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: 1.- Que en estos autos comparece Giancarlo Felippo Pesce Carreño en favor de Carlos Patricio Correa Iñiguez, señalando como domicilio el ubicado en calle Avenida Central N° 424, comuna de San Pedro de la Paz. Sin embargo, de los documentos acompañados al recurso, se desprende que el recurrente tiene un domicilio diverso al indicado por el compareciente, el cual corresponde a la comuna de La Florida. 2.- Que además, el mismo compareciente ha presentado con la misma fecha diversos recursos de protección, respecto de otros recurrentes pero denunciando el mismo acto ilegal y arbitrario, y señalando el mismo domicilio para efectos de fijar la competencia de esta Corte. 3.- Que así las cosas, esta Corte estima que el domicilio señalado no puede acarrear la competencia del Tribunal, ya que aceptar la tesis contraria supone que quien comparece elija la Corte de Apelaciones ante la que tramitará su recurso, cuestión que está debidamente determinado por el Auto Acordado sobre Tramitación de Recursos de Protección y Garantías Constitucionales, correspondiendo al lugar donde se produce el acto que se denuncia como ilegal o arbitrario, o aquel donde este producen sus efectos, por lo que, en consecuencia, se declara que este Tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. N°Protección-16647-2023.
Fallo
se declara que este Tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. N°Protección-16647-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/v.p.s. Concepción, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Al recurso folio 1: Visto: 1.- Que en estos autos comparece Giancarlo Felippo Pesce Carreño en favor de Carlos Patricio Correa Iñiguez, señalando como domicilio el ubicado en calle Avenida Central N° 424, comuna de San Pedro de la Paz. Sin embargo, de los documentos acompañados al recurso, se desprende que el rec
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