I. MUNICIPALIDAD DE QUILICURA/VALENZUELA
Rol
Fecha
18 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: 1°) Que, el abogado don Diego de la Cruz Urra, en representación de la parte demandada, en los autos caratulados "Salvo con Bobadilla”, seguidos bajo el RIT O-1875-2023 ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, deduce incidente de recusación en contra de la jueza suplente de dicho tribunal, doña Paulina del Pilar Valenzuela Negrete, que funda en la causal del artículo 196 N° 10 del Código Orgánico de Tribunales, esto es “Haber el juez manifestado de cualquier modo su dictamen sobre la cuestión pendiente, siempre que lo hubiere hecho con conocimiento de ella”, por dichos en que habría incurrido en la audiencia de treinta y uno de julio del año en curso, al presionar a su parte a llegar a una conciliación, de forma tal que, a parecer de la incidentista “la recurrida magistrada ha emitido conscientemente un verdadero veredicto sobre la cuestión debatida en este juicio”; 2°) Que, el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, establece una triple obligación para el Tribunal que ha de conocer el incidente de recusación planteado. En primer lugar, ha de analizar si la causal alegada es o no legal; luego si los hechos expuestos la constituyen; para finalmente establecer si estos se encuentran debidamente especificados; 3°) Que, debe tenerse presente que, conforme a la frase final del inciso primero del artículo 453 N° 2 del Código del Trabajo, el juez, en el llamado a conciliación, debe proponer bases para un posible arreglo “sin que las opiniones que emita al efecto sean causal de inhabilitación”, de tal manera que los
Fundamentos
fundamentos de la presente incidencia, explicitados antes, quedan cubiertos por la norma mencionada y, en consecuencia, los hechos que la sostienen no son constitutivos de la causal de recusación invocada, lo que es motivo suficiente para desecharla de plano. Y atendido lo ya razonado y lo dispuesto en los artículos 196 N° 10 del Código Orgánico de Tribunales y 119 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se desecha el incidente de recusación planteado respecto de la jueza doña Paulina Valenzuela Negrete, por el abogado don Diego de la Cruz Urra. Archívese N° Laboral – cobranza-2605-23. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla e integrada por la Ministra (S) señora Soledad Orellana Pino y por el Abogado Integrante señor Óscar Torres Zagal.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. A sus antecedentes certificaos de folios N° 5 y 6. Téngase por cumplido lo ordenado con fecha siete de agosto último. Proveyendo al folio N° 3: a sus antecedentes, por cumplido lo ordenado con fecha tres de agosto del año en curso. Proveyendo derechamente al folio N° 1: a lo principal, estese al mérito de lo que se res
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