C. R. C. H./JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE
Rol
Fecha
18 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el defensor penal público Lientur Alejandro Hevia Tapia, en favor del adolescente de iniciales C.R.C.H., interpone recurso de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia de 8 de agosto pasado por la Jueza Catherine Ivonne Norambuena González, del Juzgado de Garantía de Talagante, por la que rechazó el procedimiento abreviado respecto de su representado, lo que estima vulnera la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que el 30 de enero de 2023, el adolescente fue formalizado por el delito de robo en lugar habitado del artículo 440 N° 1 del Código Penal, en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, decretándose su internación provisoria por peligro para la seguridad de la sociedad, la cual se ha mantenido ininterrumpida hasta la actualidad. Agrega que la defensa junto con el fiscal titular de la causa acordaron con conocimiento y voluntad del imputado, solicitar audiencia de procedimiento abreviado con un ofrecimiento de sanción de 2 años de libertad asistida especial y un año de internación en régimen semi cerrado, la que se llevó a cabo el 8 de agosto pasado. Indica que en dicha oportunidad asistió la víctima manifestando su oposición al procedimiento abreviado y, acto seguido, la Magistrado consultó respecto de sanciones anteriores del imputado, señalando el fiscal que registraba en su extracto de adolescente una sanción de 541 días de libertad asistida por el delito de robo con intimidación, cumplida el 26 de julio de 2022, generándose acto seguido un debate en torno a las circunstancias modificatorias pretendidas por el persecutor, debido a que este último sólo invocó la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal, mientras que la Jueza observó la concurrencia y falta de invocación de la agravante del artículo 12 N°15 o N°16, dando la palabra al respecto al fiscal presente, quien mantuvo su postura de reconocer sólo la atenua
Fundamentos
motivos del inciso 1° del artículo 410 del Código Procesal Penal, además de existir pleno acuerdo entre la defensa, el Ministerio Público y el imputado, lo que también implica omitir aplicar la legislación propia en materia de responsabilidad penal adolescente. En este sentido, explica que el tribunal considera que, al no invocarse la agravante de reincidencia, el procedimiento abreviado no procedería, a pesar que el citado artículo 410 sólo establece que el análisis que se debe hacer por parte del tribunal es respecto del marco legal del mismo, cuestión que en este caso se cumplía cabalmente. Arguye que, incluso, si se considerara la agravante que el tribunal quería que se invocara, el marco legal en el caso del adolescente se mantendría en el artículo 23 N° 2 de la ley 20.084, puesto que el artículo 449 del Código Penal no aplica al régimen de responsabilidad penal adolescente.
Fallo
Por lo expuesto, pide que se acoja el presente arbitrio, dejando sin efecto la resolución recurrida, disponiendo en su lugar que se hace lugar a la petición del fiscal de tramitar y fallar la presente causa en conformidad a las reglas del procedimiento abreviado, sin perjuicio de cualquier otra providencia que se estime procedente para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Catherine Ivonne Norambuena González, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Talagante, quien expone que, efectivamente, el 8 de agosto pasado, se llevó a efecto la audiencia de procedimiento abreviado, en la cual el Ministerio Publico da a conocer verbalmente la pena negociada, esto es, una sanción mixta de 1 año y 1 día de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social y 2 años de libertad asistida especial, indicando que se trata de un delito de Robo en lugar habitado y que reconoce la atenuante del articulo 11 N° 9 del Código Penal. Explica que, luego de dar la palabra a la víctima, el tribunal consultó por modificatorias de responsabilidad penal y la Sra. Fiscal, luego de revisar los antecedentes, aclara que el imputado adolescente mantiene una sanción anterior por un delito de Robo con Intimidación, donde fue condenado a 541 días de libertad asistida. Explica que, en este contexto, no compartió la omisión del persecutor de la posible existencia de circunstancias agravantes de responsab
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CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso la abogado señora Carolina xxx. San Miguel, 18 de agosto de 2023. xxx, Relator. (Hora de inicio 09:56 am. - hora de término 10:10 am). San Miguel, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 6: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el defensor penal público Lientur Alejandro Hevia Tapia, e
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