INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL/ALMONACID
Rol
Fecha
18 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los autos y compartiendo los
Fundamentos
fundamentos invocados por el Juez del grado, en orden a que no resultó probado el hecho que determina el inicio del cómputo del plazo de la prescripción extintiva de la acción ejecutiva, esto es el término de la relación laboral con el trabajador cuya cotización se adeuda, de acuerdo con lo que establece el artículo 31 bis de la Ley N° 17.322, en que dicho plazo debe contarse “desde el término de los respectivos servicios”, oportunidad esta última que, como ya se dijo, no pudo ser establecida por la falta de prueba, y visto lo dispuesto en la norma legal citada y los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución apelada de fecha veintisiete de abril de dos mil veintitrés, por la que se rechazó la excepción de prescripción extintiva planteada por la ejecutada. Regístrese y devuélvanse. Rol N° 43-2023 (Laboral-Cobranza).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los autos y compartiendo los fundamentos invocados por el Juez del grado, en orden a que no resultó probado el hecho que determina el inicio del cómputo del plazo de la prescripción extintiva de la acción ejecutiva, esto es el término de la relación laboral con el trabajador cuya cotización se adeuda, de acuerdo c
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