SIN INFORMACION

SEREY / ISAPRE BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

18 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece Erwin Moller Rubio, abogado, quien deduce acción constitucional de protección en favor de don Felipe Arnoldo Serey Muñoz, en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones de salud mental, otorgando menos beneficios que los que legalmente corresponden. Refiere el recurrente que se encuentra afiliado a la Isapre desde el 1 de noviembre de 2019, a través del plan de salud denominado B5CUS19D2, el cual tiene bonificaciones para consultas médicas y hospitalizaciones en sicología y siquiatría, muy inferiores a los que tiene derecho por cualquier otro tipo de dolencia. Señala que luego de la publicación de la Ley 21.331 sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud, se asegura que los nuevos planes de salud comercializados por las isapres no otorguen a las prestaciones relativas a la salud mental una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas. Expone que su plan de salud es de aquellos comercializados con anterioridad a la entrada en vigencia de la referida norma por lo que posee una cobertura restringida en las prestaciones de salud mental, si se compara con la bonificación que se recibe para el financiamiento de las prestaciones de salud física. Por lo expuesto, indica que se ha vulnerado las garantías constitucionales del recurrente, en especial el derecho a la vida y la integridad psíquica, la igualdad ante la Ley, el derecho de propiedad y la protección a la salud, consagrados en los números 1°, 2°, 9° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide en definitiva se declare como ilegal y arbitrario el referido acto y se ordene a la Isapre recurrida otorgar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental de igual manera que hace con las prestaciones de salud física, ajustando el sistema informático de acuerdo a los nuevos porcentajes

Fundamentos

considerando: Con respecto a la excepción de cosa juzgada: Que revisada la causa Rol 2646-2023 tramitada ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, resulta que se trata de las mismas partes, por los mismos hechos, y con la misma pretensión, habiendo sido fallado tal recurso el 19 de abril pasado, por lo que cumpliendo con la triple identidad de la cosa juzgada, la alegación será acogida, y el recurso, rechazado, omitiendo pronunciamiento en el resto de las alegaciones, por innecesario.

Fallo

Por lo expuesto, indica que se ha vulnerado las garantías constitucionales del recurrente, en especial el derecho a la vida y la integridad psíquica, la igualdad ante la Ley, el derecho de propiedad y la protección a la salud, consagrados en los números 1°, 2°, 9° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide en definitiva se declare como ilegal y arbitrario el referido acto y se ordene a la Isapre recurrida otorgar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental de igual manera que hace con las prestaciones de salud física, ajustando el sistema informático de acuerdo a los nuevos porcentajes de cobertura, con costas. A folio 6, evacua informe la recurrida Isapre Banmédica S.A. y solicita el rechazo del presente arbitrio. Alegando primeramente la excepción de cosa juzgada, pues el recurrente presentó un recurso de protección por los mismos hechos, ante la Iltma. Corte de Concepción, causa rol N° 2646-2023, el que fue rechazado el 19 de abril pasado, recurso que además fue patrocinado por el mismo abogado que en el presente. En subsidio, alega la extemporaneidad del presente recurso de protección, pues el recurrente tomó conocimiento del hecho por el cual recurre, cuando contrató su actual plan de salud, el año 2019. En subsidio, por cuanto la Ley N°21.331 fue publicada el 11 de mayo de 2021, y la Circular IF N°396 es del 8 de noviembre de 2021, por lo cual, a partir de esa fecha el actor tenía conocimiento de los hechos que ahora denu

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1 comparece Erwin Moller Rubio, abogado, quien deduce acción constitucional de protección en favor de don Felipe Arnoldo Serey Muñoz, en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones de salud mental,

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