FANGYI WAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece José María Hurtado Fernández, abogado, quien quien interpone acción constitucional de amparo a favor de Fangyi Wan, 31 años, china, con domicilio para estos efectos en la comuna y Región de Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la Comunicación Electrónica folio N°36965034 de 12 de abril de 2023, por medio del cual no acogió a trámite la solicitud de permanencia definitiva hecha por la actora, por cuanto asegura, no cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de Extranjería, lo que vulnera su libertad personal, por lo que pide sea dejado sin efecto tal acto y se admita a tramitación su solicitud. Relata que la amparada ingresó a Chile el 13 de febrero de 2022, con una visa sujeta a contrato por 400 días, vale decir, vigente hasta el 20 de marzo de 2023. Señala que el 20 de marzo de 2023 la amparada solicitó su residencia definitiva por la causal: vínculo familiar con nacional chileno, ya que está casada con un chileno: Pablo Godoy Bernadin, CI: 12.160.052-8, lo que acreditó con certificado de matrimonio y de nacimiento de su cónyuge. Luego de ello, la recurrida le remite el comprobante de envío, el que solo tiene como objeto acreditar que se hizo la solicitud. Posteriormente, el 12 de abril de 2023 la recurrida le remite la Comunicación Electrónica N° 36065034 la que no acoge a tramitación su solicitud, porque dice que no ha cumplido con el plazo de dos años de visa sujeta a contrato, requisito exigido para solicitar el beneficio impetrado, e acuerdo a lo establecido en el inciso 1° del artículo 40 del Decreto Supremo N°597 del Ministerio del Interior, antiguo Reglamento de Extranjería. Afirma el actor que la resolución es ilegal porque aplica normativa derogada, tanto al momento de la efectuar la solicitud, como al momento de dictarla, toda vez que la Ley N°21325 y su reglamento entraron en vigencia el 12 de febrero de 2022, por lo que no existe razón alguna para aplicar
Fundamentos
considerando: Primero: Que se advierte que la Comunicación Electrónica folio n° 36965034 de 12 de abril de 2023, emitida por la recurrida incurrió en una ilegalidad, pues fundó su negativa a admitir a tramitación la solicitud de permanencia definitiva de la actora en que no habría cumplido un plazo mínimo de residencia en Chile por 24 meses, lo que no resulta aplicable, atendida la causal por la cual la recurrente solicitó permanencia definitiva en Chile. Segundo: Que el artículo 79 de la Ley N°21.325 establece, como regla general, que los extranjeros titulares de un permiso de residencia temporal pueden pedir su permanencia definitiva cuando haya residido en el país por un plazo mínimo de 24 meses, sin embargo, en el inciso 3° indica que el reglamento de dicha ley podrá también establecer un plazo de residencia temporal para postular a la residencia definitiva inferior a dos años, pero no menor a uno, en ciertas circunstancias, dentro de las cuales refiere, en el numeral 1., quienes acrediten vínculos familiares con nacionales o residentes definitivos. Tercero: Que, por su parte, la amparada acreditó suficientemente que se encuentra vinculada con un chileno, pues contrajo matrimonio con Pablo Godoy Bernardin en China, lo que probó con certificado legalizado y apostillado, matrimonio que además, inscribió en Chile, por lo que pudo acompañar también un certificado de matrimonio emanado del Servicio de Registro Civil e Identificación, así como el certificado de nacimiento del señalado Sr. Godoy. Cuarto: Que, de esta forma, la amparada sí cumple con el supuesto establecido en la norma señalada, por lo que procedía que su petición de permanencia definitiva fuese admitida a tramitación, y al haber sido denegado por la autoridad administrativa, esta incurrió en una ilegalidad, que justifica se acoja el presente recurso, de la manera que se dirá.
Fallo
fallo dictado por esta Corte en causa Rol N°168-2023 en que se alegaba, igual que en este caso, la falta de emisión del certificado que acreditara que la permanencia del actor estaba en trámite, fallo que fue confirmado por la Corte Suprema el 27 de febrero de 2023 en causa Rol N°25.927. Cita otros fallos al respecto. Por otro lado, indica que el uso de este tipo de acciones vulnera la garantía de igualdad ante la ley del resto de los administrados, como lo señalo el máximo tribunal en sentencia dictada en causa Rol N° 26.262-2023. A folio 5 se dictó el decreto que ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que se advierte que la Comunicación Electrónica folio n° 36965034 de 12 de abril de 2023, emitida por la recurrida incurrió en una ilegalidad, pues fundó su negativa a admitir a tramitación la solicitud de permanencia definitiva de la actora en que no habría cumplido un plazo mínimo de residencia en Chile por 24 meses, lo que no resulta aplicable, atendida la causal por la cual la recurrente solicitó permanencia definitiva en Chile. Segundo: Que el artículo 79 de la Ley N°21.325 establece, como regla general, que los extranjeros titulares de un permiso de residencia temporal pueden pedir su permanencia definitiva cuando haya residido en el país por un plazo mínimo de 24 meses, sin embargo, en el inciso 3° indica que el reglamento de dicha ley podrá también establecer un plazo de residencia temporal para postular a la residencia defi
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece José María Hurtado Fernández, abogado, quien quien interpone acción constitucional de amparo a favor de Fangyi Wan, 31 años, china, con domicilio para estos efectos en la comuna y Región de Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la C
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica