MP C/ JESENIA ALEJANDRA AVENDANO PAVEZ
Rol
Fecha
18 de agosto de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de agosto del año en curso, que no dio lugar a la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada JESENIA ALEJANDRA AVENDAÑO PAVEZ, inserta en la carpeta virtual Rit 1-5478-2023 del Juzgado de Garantía de Talca. Acordada con el voto en contra del ministro Moisés Muñoz Concha, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada, por estimar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza del delito y de la sustancia incautada, además de los antecedentes personales de la misma. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1179-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de agosto del año en curso, que no dio lugar a la medida cautel
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