SIN INFORMACION

CRISTIAN ESPINOZA VALENZUELA/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

18 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente, Primero: Que comparece don Enrique Moya Palma, abogado, quien interpone acción de amparo en favor de Cristian Espinoza Valenzuela, y en contra de la Policía de Investigaciones producto del acto arbitrario e ilegal realizado por la recurrida consistente en el allanamiento del cual fue objeto. Expone que su representado ha sido objeto de un allanamiento el 8 de agosto pasado, en su domicilio ubicado en la comuna de Isla de Maipo, por sujetos que parecían ser funcionarios de la Policía de Investigaciones. Estima que dicha acción ha vulnerado la garantía fundamental contenida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Finalmente, solicita que se acoja el presente recurso, a fin de que se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, poniendo fin a los actos ilegales descritos con antelación, como asimismo que la recurrida instruya las investigaciones y/o sumarios internos respectivos que permitan dilucidar las responsabilidades administrativas o penales involucradas y adoptar las medidas necesarias para impedir que se repitan actos que importen atentados a la libertad personal y a la seguridad individual de su representado. Segundo: Que informa al tenor del presente recurso don Jorge Valdés Castro, Prefecto Inspector Jefe de la Región Policial Metropolitana de Santiago, que consultadas las unidades dependientes de su Región Policial, de la Subdirección de Inteligencia Crimen Organizado y Seguridad Migratoria, subdirección de Investigación Policial y Criminalística, y de la Dirección General, con asiento en la Región Metropolitana, indicaron no haber participado en los hechos relatados por la recurrente. Agrega que el Departamento de Asesoría Técnica indicó que, realizadas las consultas en el Servicio de Registro Civil corroboró que la identidad del recurrente corresponde a la consignada en el recurso. Finalmente, deja constancia que en el sistema computacional aquél registra un arraigo de p

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor doña Cristian Espinoza Valenzuela. Regístrese y archívese. N°601-2023 Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente, Primero: Que comparece don Enrique Moya Palma, abogado, quien interpone acción de amparo en favor de Cristian Espinoza Valenzuela, y en contra de la Policía de Investigaciones producto del acto arbitrario e ilegal realizado por la recurrida consistente en el allanamiento del cual fue objeto. Expone que su represent

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