SIN INFORMACION

SANE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 03 de agosto de 2023, comparece don ROGER DANIEL SANE GÓMEZ, ciudadano peruano, cédula nacional de identidad para extranjeros N°26.585.710-8, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, los derechos de la recurrente, garantizados en el Artículo 19 en sus números 2 y 3 de la Constitución Política de la República. Expone el recurrente que, hizo envío por medio de carta certificada la solicitud de permanencia definitiva el 03 de marzo de 2022. Que, con posterioridad se le informa que se acoge a trámite su solicitud de permanencia definitiva y se le solicitó diversos documentos los que debía enviar en un plazo de 60 días los cuales envía efectivamente por medio del sistema electrónico dispuesto al efecto. Que, desde entonces se mantuvo solicitando las respectivas ampliaciones desde la oficina de atención del departamento de extranjería y migración de su ciudad hasta que esta estuvo en funcionamiento. Así las cosas y teniendo en consideración el tiempo transcurrido el proceso debería estar concluido, sin embargo, desde aquella última comunicación que acogía a trámite su solicitud no tuvo más noticias, quedando en sistema en estado con la leyenda “su estado de solicitud de permanencia definitiva no se encuentra disponible”. Para finalmente mostrar un triángulo de advertencia señalando “no se encontró el registro”. Manifiesta que a la fecha de interposición del recurso han transcurrido prácticamente 17 meses, en que la recurrente no ha tenido respuesta a dicha solicitud, incumpliéndose los plazos establecidos en la ley de una manera excesiva y desproporcionada. Agrega que, esta omisión o abstención a decidir, tan prolongada en el tiempo por parte del Servicio Nacional de Migraciones, le ha traído considerables consecuencias a la recurrente, principalmente en cuanto a las limitaciones que le han surgido, para llevar a cabo gestiones tan básicas como solicitar su cédula de identidad. Pues, lamentablemente la recurrente mantiene su cédula de identidad vencida desde el 04 de febrero de 2022 y no ha podido renovarla, pues para efectos del Registro Civil e Identificación, éste se encuentra en un estatus de “no vigente”, junto con figurar, además, aún en tramitación ante el Servicio Nacional de Migraciones solicitud de permanencia definitiva en el estado de “no encontrada”. Lo anterior, en la práctica deja sin ninguna posibilidad de aplicación a lo dispuesto en el Artículo 43 de la nueva ley 21.325, Ley de Migración y Extranjería, que extiende la vigencia de cédula de identidad para extranjeros, cuando estos se encuentran en proceso de solicitud de permanencia definitiva en trámite, pero en la realidad de las cosas, subsiste la imposibilidad de realizar cualquier trámite -inclusive con la entrada en vigencia de la ley 21.325 -, que implique una consulta electrónica

Fallo

por tanto, acoger la excepción de falta de legitimación pasiva por los argumentos expuestos. En subsidio a lo anterior, informa respecto del fondo, indicando que, con fecha 26 de febrero de 2018, Don ROGER DANIEL SANE GÓMEZ, de nacionalidad peruana, ingresa por primera vez al país, en calidad de turista, por el paso fronterizo Carretera de Chacalluta. Que, mediante Resolución Exenta N°8109, de fecha 21 de agosto de 2018, de la Gobernación Provincial de Antofagasta, se le otorga a petición de la recurrente, por primera vez una visa temporaria sujeta a contrato, por el plazo de un año, en calidad de titular. Dicho beneficio se mantuvo vigente hasta el 21 de noviembre de 2019. Posteriormente con fecha 10 de junio de 2020, mediante resolución exenta N°6817, de la Gobernación Provincial de Antofagasta, a petición del extranjero, se le otorga visa sujeta a contrato, en calidad de titular, por el plazo de un año. Dicho beneficio migratorio se mantuvo vigente hasta el 04 de febrero de 2022. Finalmente que, con fecha 03 de enero de 2022, el recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva, bajo el ID N°1712332, solicitud la cual se encuentra actualmente en trámite, en etapa de análisis. Señala que, a consecuencia de lo anteriormente señalado, estando en tramitación la solicitud de la recurrente se deriva que mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, por lo que no existe actualmente un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo e

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Sane Gómez, Roger Daniel Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N°1950-2023 La Serena, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 03 de agosto de 2023, comparece don ROGER DANIEL SANE GÓMEZ, ciudadano peruano, cédula nacional de identidad para extranjeros N°26.585.710-8, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional

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