MINISTERIO PUBLICO C/ WAIRA MORA OLIVARES
Rol
40784-2022
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Waira Mora Olivares, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar por la cual fue condenada como autora del delito de cultivo de drogas. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, por infracción a las garantías del debido proceso, dignidad personal, libertad y autonomía, derecho a la intimidad, libertad de conciencia, libertad de opinión, pues sus acciones más bien se enmarcarían en un acto preparatorio de un consumo personal y exclusivo, próximo en el tiempo; en subsidio la letra e) del artículo 374 por diferencias en la valoración que hizo el tribunal; y en subsidio la letra b) del 373, todas del mismo cuerpo legal, discutiendo la calificación hecha que estima más bien un acto preparatorio o un tráfico de pequeñas cantidades, y un consumo privado. 3° Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando la inadmisibilidad de la causal principal por objetarse en realidad la aplicación del derecho que se hace en la sentencia, especialmente de aquél contenido en el artículo 8º de la Ley Nº 20.000, materia cuyo control se ha entregado específicamente a la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, a la que no puede reconducirse aquella que aquí se analiza. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez, que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación principal, es un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia; y en lo que a la segunda parte del arbitrio se refiere aquello puede ir de la mano con lo anterior, razón por la cual se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales cit
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al otrosí del escrito folio 74063-2022: Esté a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 40.784-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y la Abogada Integrante Sra. Pía Tavolari G. No firma la Ministra Sra. Letelier, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de agosto de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Waira Mora Olivares, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar por la cual fue condenada como autora del delito de cultivo de drogas. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, por infracción
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica