SAAVEDRA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece doña Francisca Saavedra López, habilitada en derecho, en nombre y favor de MARIE NADEGE SENAT, de nacionalidad haitiana, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Claudio Vicuña 930, oficina 201, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso; quien interpone acción constitucional de amparo en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio 580, piso 3, comuna Santiago, Región Metropolitana, por haber sido vulnerado el amparado, en su derecho a la libertad de residir y permanecer en cualquier lugar de la República regulada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política, como también en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos artículo 9.1, y en el Pacto de San José de Costa Rica artículo 22. Señala que la amparada manifiesta que es originaria de Haití, y en Chile ha logrado desarrollarse tanto educacional como laboralmente, y ha dado cumplimiento a las leyes migratorias al obtener Residencia Temporaria con anterioridad. Indica que postuló a la Residencia Definitiva, pero a la fecha no le ha sido remitido el certificado correspondiente a su correo electrónico, conocido como Solicitud de Residencia Definitiva en Trámite, establecido en el artículo 1 N°25 de la Ley N°21.325. Expresa que desde el punto de vista jurisprudencial, se debe tomar en consideración una sentencia reciente de la Excma. Corte Suprema, en que se han adoptado algunos criterios relevantes, los que deben ser aplicados al caso concreto, sentencia de fecha 20 de marzo de 2023, en causa ROL N°115.368-2022, que resuelve la apelación de la sentencia de un recurso de protección. Señala que al no poseer el certificado peticionado, no es posible aplicar el último inciso del artículo 43 de la Ley N°21.325, sobre Migraciones, no pudiendo entenderse vigente su cédula de identidad vencida, y al no tener dicho certificado, no es pos
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por medio de la presente acción de amparo se persigue la emisión del certificado de residencia definitiva en trámite de la actora, solicitado en el mes de agosto del año 2020, la que se encuentra desistida, de acuerdo a lo informado por la recurrida. Segundo: Que, conforme al mérito de los antecedentes, aparece que la solicitud de residencia de la actora se presentó el día 18 de agosto de 2020, encontrándose desistida, mediante Resolución Exenta N°21515164 de fecha 23 de diciembre de 2021, atendido que la actora no acompañó dentro del plazo conferido por el Servicio recurrido, la documentación exigida para subsanar su petición, consistente en Certificado de antecedentes del país de origen y su cédula de identidad, por cuanto la información contenida en dicho documento era insuficiente. Tercero: Que teniendo en consideración el mérito de los antecedentes y especialmente la Resolución Exenta N°21515164 de fecha 23 de diciembre de 2021, que tuvo por desistida a la recurrente de su solicitud de residencia definitiva, no consta evidencia de que la autoridad recurrida haya realizado algún acto ilegal vulneratorio de la garantía del artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, en perjuicio de la recurrente, toda vez que ha actuado dentro de su competencia y conforme a sus facultades, por lo que se rechazará el presente recurso. Además que se debe tener presente que es imposible continuar con la tramitación de un procedimiento de residencia definitiva que se encuentra cerrado, atendido la constancia del desistimiento de la actora de su petición, siendo errados los fundamentos esgrimidos en su recurso.
Fallo
fallo de fecha 17 de febrero de 2023, en causa ROL N°168-2023, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, decisión que fue confirmada con fecha 27 de febrero de 2023 por la Excelentísima Corte Suprema, ROL N°25.927. Indica que en el mismo sentido, falló la ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso en recurso de Amparo 227-2023 de fecha 25 de febrero de 2023, decisión confirmada por la Corte Suprema con fecha 06 de marzo de 2023. Cita fallo de la Excelentísima Corte Suprema de fecha 02 de marzo de 2023 Rol N°26.262-2023, que revocó sentencia de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso y rechazó el recurso de amparo N°202-2023 en una causa similar, y fallo de la Excelentísima Corte Suprema en fallo de fecha 02 de marzo de 2023 Rol N°26.262-2023. En cuanto a la solicitud de residencia definitiva ID N°9119694 realizada por la recurrente, con fecha 18 de agosto de 2020, la actora solicitó ante la autoridad el beneficio de la residencia definitiva, mediante la solicitud ID N°9119694. Indica que mediante la Resolución Exenta N°21515164 de fecha 23 de diciembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, se tuvo por desistida la solicitud de residencia definitiva del extranjero. Expresa que la parte recurrente no acompaña documento alguno que pueda acreditar que exista una solicitud de residencia distinta a la informada en los numerales anteriores. Acompaña documentos. A folio 11, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando:
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece doña Francisca Saavedra López, habilitada en derecho, en nombre y favor de MARIE NADEGE SENAT, de nacionalidad haitiana, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Claudio Vicuña 930, oficina 201, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso; quien interpone acción constitucional de amparo en cont
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