SIN INFORMACION

MONTILLA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 5 de abril del año 2023, comparece Diosangela Lourdes Montilla Robles, cédula de identidad para extranjeros N°27.137.491-7, de nacionalidad venezolana, y domiciliada para estos efectos en Camino Real N° 1464, comuna de San Fernando, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio N°580, Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en la omisión de la resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando solicitud de permiso de permanencia definitiva. Funda su recurso, en que ingresó al país en calidad de turista y luego cambió su condición migratoria a residente temporario con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Menciona que, con fecha 6 de noviembre de 2021, solicitó el beneficio de residencia definitiva, según consta en comprobante de solicitud que acompaña al recurso, sin que hasta la fecha de presentación de la acción de marras hayan recibido una respuesta definitiva por parte de la recurrida en relación a su solicitud de residencia definitiva, situación que la ha mantenido con preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Alega que con su actuar, la recurrida infringe los principios de celeridad, de inexcusabilidad y economía procedimental, contenidos en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, pues la actividad de la Administración no puede mantenerse infinitamente en el tiempo. Finaliza solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de permiso de residencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. Acompaña antecedentes en que se

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se resuelve: I.- Que, se rechaza, la alegación del Servicio recurrido en cuanto a la falta de legitimación pasiva. II.- Que, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Diosangela Lourdes Montilla Robles, cédula de identidad para extranjeros N°27.137.491-7, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 1095-2023 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 5 de abril del año 2023, comparece Diosangela Lourdes Montilla Robles, cédula de identidad para extranjeros N°27.137.491-7, de nacionalidad venezolana, y domiciliada para estos efectos en Camino Real N° 1464, comuna de San Fernando, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migracion

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