MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL POBLETE SANTELICES
Rol
Fecha
17 de agosto de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, se reúnen en la especie los requisitos para ordenar la prisión preventiva del imputado, de acuerdo a lo dispuesto en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, que no impuso la medida cautelar de prisión preventiva y en su lugar se decreta dicha medida a Miguel Ángel Poblete Santelices. Ofíciese de inmediato al tribunal de origen. Notifíquese, comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. Sujeta a anonimización. N°Penal-2006-2023.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a diecisiete de agosto de dos mil veintitrés, siendo las 09:23 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto, e integrada por la Fiscal Judicial Sra. Nel Greeven
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