ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Siendo la resolución en alzada una sentencia interlocutoria, no susceptible del recurso de reposición; careciendo la apelación en alzada de
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho propios, incumpliendo la exigencia del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, y conforme, además, con lo dispuesto en sus artículos 201 y 213,
Fallo
se declara INADMISIBLE el deducido por la abogada doña Jennifer Rivera Contreras, contra la resolución del pasado treinta y uno de julio. Devuélvase. Rol N° 211-2023 Familia. /skg
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. VISTO: Siendo la resolución en alzada una sentencia interlocutoria, no susceptible del recurso de reposición; careciendo la apelación en alzada de fundamentos de hecho y de derecho propios, incumpliendo la exigencia del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, y conforme, además, con lo dispuesto en sus artículos 201 y 213, se declara INAD
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