SIN INFORMACION

/PÉREZ

Rol

Fecha

16 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 2 de agosto del año en curso, compareció Andrés Alejandro Zagal Campos, Abogado, Cédula Nacional de identidad N° 14.463.240-0, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N° 1611, de la ciudad de Talca, y dedujo recurso de amparo en favor de LUCIANO FELIPE FUENTES FUENTES, Cédula Nacional de Identidad N° 15.136.524-8, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia y en contra de GENDARMERÍA DE CHILE, representado por el Director Regional del Maule, pretendiendo que se conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho fundamental de la libertad personal, declarando que el tiempo de asilamiento y el traslado del amparado al Centro en que hoy cumple condena resulta ilegal y arbitrario y, en consecuencia, ordene a Gendarmería de Chile reubicar al amparado en una unidad penal dentro de la Región del Maule o alguna más cercana a su familia. Refirió que el amparado se encuentra condenado a la pena de 6 años, la que cumple en el Centro Penitenciario de Valdivia, requiriendo ser trasladado a alguno de estos Centros: a) Talca; b) Parral; c) Cauquenes; d) Chillán; e) Concepción; f) Colina. Agregó que se pidió informe al departamento de control penitenciario con la finalidad de que informara respecto de la factibilidad del traslado, negando cualquier posibilidad de aquel y sin proponer otro penal que permita dar cumplimiento a la normativa vigente, en especial lo prescrito por el artículo 53 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Indicó que la red de apoyo del amparado se encuentra en esta ciudad, añadiendo que su actual pareja doña Catalina Consuelo Vergara Espinoza, hasta hace unos meses se encontraba embarazada, y producto de estos largos desplazamientos hasta Valdivia, tuvo problemas de salud quedando hospitalizada en dicha ciudad. Su hijo hoy tiene 4 meses de vida. Hizo referencia a la situación provocada por los incendios que afectaron a dicha ciudad, donde los internos derechamente arriesgaban su vida. Por otro lado, señaló que su representado tiene muy buena conducta, y un eventual traslado permitirá que la familia pueda asistir a visitas, entregar encomiendas y apoyarlo económicamente, algo que, en esta estadía en Valdivia no sucede, por la distancia y costo que implica trasladarse de una ciudad a otra. Previas citas legales, solicitó que se acoja la acción constitucional, declarando que el tiempo de asilamiento y el traslado ejecutado del amparado resulta ilegal y arbitrario y, en consecuencia, ordene a Gendarmería de Chile reubicar al amparado en unidad penal dentro de la Región o, en subsidio, en algún penal más cercano a su domicilio, a saber a) Talca; b) Parral; c) Cauquenes; d) Chillán; e) Concepción; f) Colina. Acompañó a su recurso los siguientes antecedentes: 1.-Certificado de nacimiento de AGUSTINA VASQUEZ FUENTES; 2.-Certificado de nacimiento de FRANCISCA FUENTES CACERES; 3.-Certificado de nacimi

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducida por don Andrés Alejandro Zagal Campos, Abogado, en favor de LUCIANO FELIPE FUENTES FUENTES y en contra de GENDARMERÍA DE CHILE. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes de este recurso a la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, para los fines que estime pertinentes. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N°365-2023.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 2 de agosto del año en curso, compareció Andrés Alejandro Zagal Campos, Abogado, Cédula Nacional de identidad N° 14.463.240-0, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente N° 1611, de la ciudad de Talca, y dedujo recurso de amparo en favor de LUCIANO FELIPE FUENTES FUENTES, Cédul

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