ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de agosto de 2023
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don CLAUDIO ALEJANDRO MARDONES RIQUELME, en contra de la resolución de fecha catorce de julio de dos mil veintitrés, por improcedente. Devuélvase.- N°Familia-474-2023.(ela)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don CLAUDIO ALEJANDRO MARDONES RIQUELME, en contra de la resolución de fecha catorce de julio de dos mil veintitrés, por improcedente. Devuélvase.- N°Familia-474-2023.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don CLAUDIO ALEJANDRO MARDONES RIQUELME, en contra de la resolución de fech
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica