MP C/ MICHAEL CASTRILLON ACOSTA
Rol
Fecha
16 de agosto de 2023
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. A los escritos folios 6 y 7: a todo, téngase presente. Oídos los intervinientes y
Fundamentos
considerando: 1º) Que el Ministerio Público se ha alzado en contra de la resolución del Sexto Juzgado de Garantía de Santiago que excluye la prueba pericial de la perito Vivian Bustos Baquerizo ofrecida por ese ente persecutor, fundándose para ello en la hipótesis de impertinencia. 2º) Que para resolver el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público es propicio recordar que, acorde a lo dispuesto en el artículo 276 del referido código, el juez de la causa está autorizado para excluir pruebas manifiestamente impertinentes, irrelevantes o dilatorias, así como las que provengan de actuaciones judiciales declaradas nulas u obtenidas con inobservancias de garantías fundamentales. Del tenor de esa norma se deprende que la regla general es la admisibilidad de la prueba ofrecida por los intervinientes, en tanto que la excepción es la exclusión probatoria, verificable solo por las causales y motivos ya mencionados. 3º) Que, en la especie, la prueba pericial ofrecida por la fiscalía tiene por finalidad determinar las lesiones sufridas por la víctima, de manera que resulta del todo pertinente, pues permitirá ilustrar al tribunal sobre un tema de índole médico que ciertamente escapa al conocimiento de la magistratura. Por consiguiente, así como el presente caso no se erige sobre un cuestionamiento a la seriedad del informe pericial propiamente tal, la defensa cuenta con los antecedentes necesarios para ejercitar en forma adecuada la carga procesal que le toca frente a la pericia que se ha pedido incorporar en la audiencia de juicio. 4º) Que
Fallo
por lo expuesto se acogerá el presente arbitrio, por no encuadrarse la exclusión en la hipótesis legal en que viene apoyada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 276, 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de trece de julio del año en curso, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 3229-2022, en la parte que excluyó la prueba pericial ofrecida por el Ministerio Público, correspondiente a la perito Vivian Bustos Baquerizo, y se declara que esta probanza deberá ser incluida en el auto de apertura de juicio respectivo. Devuélvase la competencia. N°Penal-3776-2023.
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. A los escritos folios 6 y 7: a todo, téngase presente. Oídos los intervinientes y considerando: 1º) Que el Ministerio Público se ha alzado en contra de la resolución del Sexto Juzgado de Garantía de Santiago que excluye la prueba pericial de la perito Vivian Bustos Baquerizo ofrecida por ese ente persecutor,
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