ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de agosto de 2023
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 19.968 de Tribunales de Familia, se confirma, en lo apelado, la resolución de ocho de mayo del año dos mil veintitrés, dictada por el Centro de Medidas Cautelares, en los autos RIT P-2761-2023. Devuélvase. N°Familia-1601-2023. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por la Ministra señora Mireya Eugenia López Miranda, la Ministro (S) señora Soledad Jorquera Binner y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 19.968 de Tribunales de Familia, se confirma, en lo apelado, la resolución de ocho de mayo del año dos mil veintitrés, dictada por el Centro de Medidas Cautelares, en los autos RIT P-2761-2023. Devuélvase. N°Familia-1601-2023
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