MUÑOZ/FISCALÍA NACIONAL
Rol
Fecha
16 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1°) Que comparece don Diego Sobarzo Ibáñez, quien interpone acción constitucional de protección a favor de don Israel Alexis Muñoz González, en contra de Ministerio Público-Fiscalía Nacional, por el acto que estima ilegal y arbitrario contenido en Resolución de FN/MP N°468/2023 de fecha 14 de marzo de 2023, notificado con fecha 28 de marzo de 2023, que declara vacante su cargo por evaluación deficiente, lo que vulnera sus garantías constitucionales reconocidas en los numerales 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que con fecha 10 de marzo de 2023, el recurrente solicitó a su jefatura directa y jefa de Recursos Humanos copia de su evaluación de desempeño 2022, en atención a que a diferencia de años anteriores, no la había recibido, petición a la cual no se accedió por el motivo de que había sido enviada por carta certificada el 30 de enero de 2023, esto porque se encontraba con licencia médica. Posteriormente, señala que el 24 de marzo de 2023, concurre a reunión presencial con la jefa de Recursos Humanos de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, quien le informó que la carta certificada había sido devuelta al servicio por no encontrar domicilio del destinatario, y que en esa ocasión, se le entrega al recurrente su evaluación de desempeño correspondiente al año 2022. Refiere que por reglamento, el evaluado cuenta con cinco días de plazo, desde la notificación, para impugnar sus valoraciones, pero que a pesar de estar vigente el referido plazo, el 28 de marzo de 2023, es notificado de la Resolución FN/MP N°468/2023 de fecha 14 de marzo de 2023, que declara vacante su cargo por evaluación deficiente. Agrega que dicha decisión se funda expresamente y como señala la resolución en que no interpuso reclamación, quedando en consecuencia a firme la nota señalada. Explica que con la presente acción cautelar busca alcanzar protección de derechos indubitados que fueron vulnerados en el proceso de calificación que derivó en la Resolución que se impugna, y no busca la revisión de elementos de fondo en el proceso de calificación de fiscales adjuntos ni construir a esta Corte en un tribunal revisor de los baremos de evaluación, por cuanto entiende que eso escaparía a la naturaleza cautelar de la presente acción. Reprocha que la recurrida dictó dicha Resolución sabiendo que el recurrente no tenía conocimiento del resultado de su evaluación de desempeño, en el entendido que había sido comunicada cuatro días antes de la fecha en que se notificó el acto que declara vacante su cargo, por lo que se le ha negado arbitrariamente su posibilidad de impugnar su evaluación, lo que le ha traído como consecuencia la pérdida de su fuente laboral. Explica que los hechos relatados han conculcado su derecho a la propiedad, por cuanto se ha lesionado el derecho de propiedad de su representado respecto de su derecho a defensa y debido proceso, esto a consecuencia señala, de la falta de emplazamiento de su evaluaci
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad asimismo con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Israel Alexis Muñoz González. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la Ministra Sra. Book. No firma la Ministra señora González Troncoso, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por hacer uso de permiso del artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales. N°Protección-7851-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: 1°) Que comparece don Diego Sobarzo Ibáñez, quien interpone acción constitucional de protección a favor de don Israel Alexis Muñoz González, en contra de Ministerio Público-Fiscalía Nacional, por el acto que estima ilegal y arbitrario contenido en Resolución de FN/MP N°468/2023 de fecha 14 de marzo de 202
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica