JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE C/JUZGADO DE GARANTÍA DE CURACAVÍ. (PRIVADO DE LIBERTAD).

Rol

Fecha

16 de agosto de 2023

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Sebastián Ramírez Montalva, en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, para interponer recurso de hecho en contra del Juzgado Garantía de Curacaví que, mediante resolución de 21 de julio del año en curso dictada en causa RIT 797-2023, declaró inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación intentado en contra de aquella de 17 de ese mes y año que ordena a su representada gestionar el inmediato traslado de un imputado al módulo ASA para que se ejecute la internación provisional a la espera de que se le confiera un cupo en un hospital psiquiátrico. Explica que el tribunal recurrido ha decretado internaciones provisionales en el Área de Salud Ambulatoria del CDP Santiago I, medida que es imposible de cumplir atendido que en dicha dependencia se cuenta con 13 camas operativas para dar cobertura a más de 4.900 internos. Manifiesta que cuando se dedujo recurso de apelación, se invocó el artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal, por cuanto la resolución recurrida de apelación mandata a su representado a cumplir con un rol diverso de aquel establecido en la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile. Argumenta que se puso término a la prisión preventiva, haciendo imposible su continuación por su representada. Plantea, además, que tiene legitimación activa para recurrir en autos, desde que si bien el Código Procesal Penal no contempla a Gendarmería de Chile como un interviniente, tampoco hay norma expresa que le impida recurrir, citando jurisprudencia de sustento. Sostiene que la resolución recurrida se dictó en un procedimiento de naturaleza contencioso administrativo penal y que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 370 letra a) del Código de Procesal Penal el recurso interpuesto resulta procedente toda vez que se trata de una resolución que puso término al procedimiento al poner fin a la prisión preventiva del interno y disponer su internación provisional.

Fallo

Por lo expuesto y visto lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho intentado por Gendarmería de Chile en contra del Juzgado Garantía de Curacaví. Regístrese y devuélvase. N°2216 – 2023 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Sebastián Ramírez Montalva, en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, para interponer recurso de hecho en contra del Juzgado Garantía de Curacaví que, mediante resolución de 21 de julio del año en curso dictada en causa RIT 797-2023, declaró

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