Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

HUERTA/TANDEM S.A.

Rol

J-183-2021

Fecha

13 de julio de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Don Mat as Horacio Novoa Carboneí , abogado, en representaci n de donó FELIPE ALEJANDRO HUERTA GUZM NÁ , desempleado, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra TANDEM S.A., representada por don Luis Pedro Far as Quevedo, ambos domiciliados en San Francisco De Borja #1251,í Comuna De Estaci n Central. ó Funda la demanda en las circunstancias consistentes en que el actor fue contratado por TANDEM S.A. como trabajador dependiente, en calidad de Conductor de Bus, desde el 3 de abril de 2013, hasta la fecha de su despido, el d a 1í de febrero de 2021, invocando la empresa la causal del art culo 161 inciso primeroí del C digo del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa. Indica que el t tulo enó í que se funda la ejecuci n, esto Carta de despido ,ó “ ” realizando una oferta irrevocable de pago ascendente a $10.245.256, la cual identifica con la indemnizaci n por a osó ñ de servicio. Hace presente que el un proyecto de finiquito, fraccion su pago por loó que el actor, no estaba dispuesto a aceptar el seccionamiento de su pago, y que estampar a una reserva de derechos, por lo que ante su negativa a aceptar la formaí de pago, no recibi pago alguno hasta la fecha de la presentaci n de la demanda, poró ó lo que interpone la presente demanda a fin de que se pague tal suma incrementada en un 150% o el porcentaje que el tribunal estime en justicia. Agrega que la carta de aviso, constituye t tulo ejecutivo, la deuda es l quida, actualmente exigible y no seí í encuentra prescrita. Por lo expuesto y conforme a las disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la sociedad antes individualizada y se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en suó contra por la suma de $10.245256,-, m s intereses y reajustes legales, y con el recargoá del 150% que se ala la ley, o lo que S.S. estime conforme a derecho y al m rito delñ é proceso, con costas. Por resoluci n de fecha siete de mayo de dos mil veintiuno, se tuvo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Mat as Horacio Novoa Carboneí , abogado, en representaci n de don ó FELIPE ALEJANDRO HUERTA GUZM NÁ , desempleado, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra TANDEM S.A., representada por don Luis Pedro Far as Quevedo. í Funda la demanda en las circunstancias consistentes en que el actor fue contratado por TANDEM S.A. como trabajador dependiente, en calidad de Conductor de Bus, desde el 3 de abril de 2013, hasta la fecha de su despido, el d a 1í de febrero de 2021, invocando la empresa la causal del art culo 161 inciso primeroí del C digo del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa. Indica que el t tulo enó í que se funda la ejecuci n, esto Carta de despido ,ó “ ” realizando una oferta irrevocable de pago ascendente a $10.245.256, la cual identifica con la indemnizaci n poró a os de servicio.ñ Hace presente que el un proyecto de finiquito, fraccion su pagoó por lo que el actor, no estaba dispuesto a aceptar el seccionamiento de su pago, y que estampar a una reserva de derechos, por lo que ante su negativa a aceptar laí forma de pago, no recibi pago alguno hasta la fecha de la presentaci n de laó ó demanda, por lo que interpone la presente demanda a fin de que se pague tal suma incrementada en un 150% o el porcentaje que el tribunal estime en justicia. Agrega que la carta de aviso, constituye t tulo ejecutivo, la deuda es l quida, actualmenteí í exigible y no se encuentra prescrita.

Fallo

Por lo expuesto y conforme a las disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la sociedad antes individualizada y se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en suó contra por la suma de $10.245256,-, m s intereses y reajustes legales, y con el recargoá del 150% que se ala la ley, o lo que S.S. estime conforme a derecho y al m rito delñ é proceso, con costas. Por resoluci n de fecha siete de mayo de dos mil veintiuno, se tuvo poró interpuesta demanda ejecutiva y se orden practicar liquidaci n del cr dito,ó ó é despach ndose el correspondiente á mandamiento de ejecuci n y embargo.ó Con fecha siete y ocho de junio del dos mil veintiuno, respectivamente, se notific la demanda y se le requiri de pago a la representante de la demandada.ó ó Código: FXSMXXXTCRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El d a once de junio de dos mil veintiuno, el apoderado de la demandada seí opone a la ejecuci n alegando las excepciones consistentes en ó “Carencia de fuerza ejecutiva del t tulo que fundamenta la presente acci n , el pago de laí ó ” “ deuda ” prevista en el art culo 470 del C digo del Trabajo y la excepci n deí ó ó Compensaci n .“ ó ” La primera excepci nó , la funda en que, el t tulo en que seí basa la ejecuci n, esto es , la carta de aviso de despido, en la cual se indican losó hechos que fundamentan su despido si bien, se ala el detalle de liquidaci n y elñ

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Santiago, trece de julio de dos mil veintid só . VISTOS: Don Mat as Horacio Novoa Carboneí , abogado, en representaci n de donó FELIPE ALEJANDRO HUERTA GUZM NÁ , desempleado, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra TANDEM S.A., representada por don Luis Pedro Far as Quevedo, ambos domiciliados en San Francisco De Borja #1251,í Comuna De Estaci n Central. ó Funda la demanda en las circunst

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