SIN INFORMACION

NÚÑEZ/MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Rol

Fecha

16 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece Trinidad Sáez Acevedo en representación de Juan Francisco Nuñez Gamboa, interpone recurso de protección en contra de la Dirección General de Aguas, por las omisiones arbitrarias e ilegales cometidas por el Servicio, al retardar indefinidamente el curso regular del procedimiento administrativo de constitución de un derecho de aprovechamiento de aguas en el expediente ND 1304-2244, ingresado con fecha 24 de agosto de 2021. Considera que dicha conducta vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley, derecho a no ser discriminado en materia económica, libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes y el derecho de propiedad. Solicita, se ordene al recurrido dar curso a las gestiones pendientes, se abstenga de incurrir en conductas que vulneran sus derechos, con costas. Segundo: Que Christian Gatica Escobar, abogado en representación de la Dirección General de Aguas, evacua informe y solicita sea desestimado el recurso, toda vez que de acuerdo a la normativa aplicable, mediante Resolución D.G.A.R.M.S.(Exenta) N°1073 de 18 de agosto de 2020, se denegó la solicitud del recurrente, por cuanto no se publicó el uso que se le dará a las aguas, vulnerando el artículo 131 inciso 4° del Código de Aguas y el artículo 19 inciso 2° del Decreto Supremo N° 203, de 2013, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba el Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas. En contra de dicha resolución, el recurrente con fecha 21 de septiembre de 2020, interpuso recurso de reconsideración, el que fue acogido, por estimar que la omisión sobre el uso del agua no entorpecería la adecuada comprensión por parte de terceros. Agrega que actualmente el procedimiento se encuentra pendiente y en análisis de un eventual establecimiento de reserva del recurso hídrico subterráneo disponible, en el sector hidrogeológico de aprovechamiento común, denominado El Monte Nuevo y, en caso de concretarse, no habría disponibilidad del recurso e

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado que rige la materia, se rechaza el recurso de protección interpuesto por Trinidad Sáez Acevedo, en contra de la Dirección General de Aguas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la Ministra M. Loreto Gutiérrez A. N°Protección-266-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que comparece Trinidad Sáez Acevedo en representación de Juan Francisco Nuñez Gamboa, interpone recurso de protección en contra de la Dirección General de Aguas, por las omisiones arbitrarias e ilegales cometidas por el Servicio, al retardar indefinidamente el curso regular del procedimiento administrativo de c

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