SIN INFORMACION

PAVEZ/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.

Rol

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado Duilio Manuel Alegría Santibáñez, dedujo recurso de protección en favor de Christian Ramiro Pavez Gálvez y en contra del Isapre Cruz Blanca S.A., por haber puesto término al contrato de salud que los ligaba, al estimar que incurrió en la causal contemplada en el artículo 201 N° 3 del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, esto es: “Impetrar formalmente u obtener indebidamente, para él o para alguno de sus beneficiarios, beneficios que no le correspondan o que sean mayores a los que procedan.” Lo que considera un acto ilegal y arbitrario que atenta en contra de las garantías establecidas en el artículo 19 N.º 1 y 9 de la Constitución Política de la República. Refiere que el recurrente fue diagnosticado en noviembre de 2016 con un tumor en la cabeza del páncreas, a raíz de lo cual, entre marzo de 2017 y agosto de 2017 fue sometido a nueve sesiones de quimioterapia y tres operaciones. Estuvo treinta y dos días hospitalizado, once de ellos en coma, debido a complicaciones propias del tratamiento de su cáncer de páncreas, el que le significó un costo de $90.000.000, de los cuales pagó $24.835.041. Posteriormente, en mayo de 2022, el recurrente fue hospitalizado de urgencia con un diagnóstico de ictericia por conducto biliar, siendo intervenido quirúrgicamente en dos oportunidades, con un costo de $11.000.000 de los cuales la Isapre cubrió $6.000.000. Señala que, a raíz de dichas intervenciones, el actor obtuvo licencia médica hasta fines de julio de 2022, siendo derivado además a tratamiento psiquiátrico por cuadro de angustia desde julio a noviembre de 2022, período en el que obtuvo nuevas licencias médicas, todas acogidas y con pago de subsidio por parte de la COMPIN. Explica que, en septiembre de 2022, la Isapre sometió al señor Pavez a una pericia médica institucional, tras la cual el perito contralor sugirió aprobar todas las licencias emitidas hasta esa fecha. Pese a ello, el fecha 31 de marzo de 2023, al

Fallo

Por estas razones, considera que la Isapre recurrida ha vulnerado el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, a la igualdad ante la ley y a la protección de la salud, del recurrente, por lo que solicita que se deje sin efecto el término del contrato de salud y se ordene su reincorporación inmediata y la de su carga legal al Plan que mantenía vigente con la Isapre, con costas. SEGUNDO: Que, al evacuar su informe, la Isapre recurrida solicitó el rechazo del recurso de protección deducido en su contra, exponiendo que el recurrente hizo uso de treinta licencias médicas por patología psiquiátrica durante el año 2022, emitidas por dos médicos, uno sin especialidad en psiquiatría, encontrándose ambos actualmente investigados por emitir licencias médicas fraudulentas. Además, señala que. pese a acumular 195 días de reposo, el recurrente no presentó ningún informe médico que respaldara su condición. Indica que lo anterior configura un uso indebido de los beneficios del contrato de salud, causal que faculta a la Isapre a poner término al mismo, conforme al artículo 201 N°3 del DFL N°1 de Salud de 2005. Sostiene que existen antecedentes que, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica, permiten concluir que las licencias médicas carecían de fundamento real, desnaturalizando su finalidad de recuperación terapéutica. Entre dichos antecedentes menciona: número excesivo de licencias emitidas por los facultativos, inexistencia de informes médicos de respaldo, ausencia

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito folio 15: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado Duilio Manuel Alegría Santibáñez, dedujo recurso de protección en favor de Christian Ramiro Pavez Gálvez y en contra del Isapre Cruz Blanca S.A., por haber puesto término

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