JUZGADO DE FAMILIA LINARES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de treinta de mayo del año en curso, dictada en causa R.I.T. C-100-2023 del Juzgado de Familia de Linares, sin costas del recurso. Anonimícese la presente resolución conforme al Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema. Devuélvase. Rol 373-2023/ Familia.

Texto Completo (Preview)

Talca, catorce de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de treinta de mayo del año en curso, dictada en causa R.I.T. C-100-2023 del Juzgado de Familia de Linares, sin costas del recurso. Anonimícese la presente resolución conforme a

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