FREIRE Y OTROS/FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
14 de agosto de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, salvo el
Fundamentos
considerando décimo que se elimina. Y teniendo, además, presente: PRIMERO: Que la indemnización reclamada se sustenta en uno de los hechos más dramáticos ocurridos durante la dictadura civil militar en el país, pues apuntó a la eliminación de un grupo de personas que tenían en común trabajar en una misma empresa estatal, a saber, Complejo Forestal y Maderero Panguipulli, varios de los cuales, además, integraban el sindicato de la misma, algunos como dirigentes. Estos hechos, conocidos como la Masacre de Chihuío, concluyeron en la detención, tortura y asesinato de varias personas, entre ellas los familiares de los demandantes. Muchos de ellos continúan sin ser habidos, pues las fosas clandestinas en que fueron exhumados, posteriormente fueron removidas (acto ilegal conocido como “traslado de televisores”) para trasladar sus restos a un lugar hasta ahora desconocido, pudiendo encontrarse solo algunos restos en la primera fosa. SEGUNDO: Conforme la prueba rendida en autos, especialmente la testimonial, se advierte que tales hechos provocaron en la comunidad formada por las familias afectadas graves problemas económicos pues sus parientes asesinados constituían la única fuente de ingresos, sufriendo además la denostación pública por ser familiares de personas consideradas como indeseables. Muchos de los niños debieron abandonar sus estudios para comenzar a trabajar tempranamente. La vida les cambió radicalmente, sumándose, a la precariedad en que fueron dejados, el dolor de no saber qué sucedió con sus parientes ni poder hallarlos hasta la fecha. Los informes psicológicos y testimonios de los profesionales que los efectuaron, dan cuenta de la grave afectación de los actores, especificando en cada caso cómo las pérdidas de sus hermanos, que constituían una figura paterna, o de su cónyuge les afectó económica, social y emocionalmente. En el caso de la Sra. Torres Manqui, cabe destacar que se encontraba embarazada al momento de la desaparición de su cónyuge, teniendo, además, un hijo de un año. Lo anterior provocó pérdida de oportunidades en el desarrollo de sus planes de vida y les causó secuelas psicológicas que hasta la fecha les afectan. TERCERO: Respecto de los hermanos Freire Caamaño, debe considerarse que en la causa 264-2018 de esta Corte (sentencia acompañada en el juicio) se conoció de estos mismos hechos, oportunidad en que otro grupo de los hermanos Freire Caamaño fue indemnizado con la suma de $40.000.000 cada uno. CUARTO: Estas consideraciones permiten justificar el aumento de la indemnización de perjuicios a la suma de cuarenta millones de pesos a los actores, salvo respecto de la Sra. Torres Manqui, cuya reparación se estima ajustada a la magnitud del daño que ha debido soportar. Conforme lo razonado, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la sentencia en alzada, de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, con declaración que la indemnización po
Fallo
fallo apelado. Se previene que el Ministro Titular don Samuel Muñoz Weiss estuvo por fijar en diez millones de pesos la indemnización para los actores, salvo respecto de la Sra. Torres Manqui la que estima prudente regular en treinta millones de pesos. En el primer caso considerando que no han recibido ninguna reparación del Estado, y en el segundo por haber reunido una indemnización estatal por un monto superior a los ciento cuatro millones a la fecha. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la Ministra Titular María Soledad Piñeiro Fuenzalida. Rol 425 – 2023 Civil.
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Valdivia, catorce de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, salvo el considerando décimo que se elimina. Y teniendo, además, presente: PRIMERO: Que la indemnización reclamada se sustenta en uno de los hechos más dramáticos ocurridos durante la dictadura civil militar en el país, pues apuntó a la eliminación de un grupo de personas que tenían en común trabajar e
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