TRONCOSO/GOBIERNO REGIONAL ÑUBLE
Rol
Fecha
14 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece Pablo Andrés Troncoso Alarcón, domiciliado en Quinta El Rosario Huape, kilómetro 14, Chillán, interponiendo recurso de protección contra de Oscar Crisóstomo Llanos, Gobernador Regional de Ñuble, por vulnerar sus derechos estatutarios al poner término anticipado a su relación laboral, y vulnerar las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 número 2, 16, 22 y 26 de la Constitución Política de la República. Expone que con fecha 30 de septiembre de 2021 fue notificado por parte del Gobierno Regional de Ñuble, del término anticipado de su contrata, según las Resoluciones N° 488 y 499, del año 2021, de dicha Institución. Señala que, con fecha 05 de octubre de 2022, la Contraloría Regional de Ñuble, en su Resolución Exenta N° 7492/2022, acoge el reclamo por vulneración de los derechos estatutarios formulados por el recurrente en contra de la decisión del Gobierno Regional de Ñuble de terminar anticipadamente su contrata, debiendo ser reincorporado a sus funciones y pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo durante el cual se vio separado de sus labores. Indica que posteriormente, con fecha 19 de octubre de 2022, mediante correo electrónico, solicita se le informe mediante carta certificada la fecha y dependencias en las cuales debe reintegrarse a sus funciones, indicando a su vez, las preferencias de pago para las remuneraciones devengadas y que debían ser pagadas, solicitando también los correspondientes pagos de cotizaciones previsionales. Señala que con igual fecha recibe respuesta de la administradora regional del GORE Ñuble, Sra. Alicia Contreras Vielma, informándole que se dedujo recurso de reposición administrativo contemplado en el artículo 59 de la Ley N° 19.880, en contra de la resolución que acoge el reclamo administrativo del recurrente. Hace presente, que con fecha 11 de enero de 2023, el recurrente ingresa una nueva solicitud ante la Contraloría Regional de Ñuble folio N° 400.078, frente al no cump
Fundamentos
motivos que preceden, no cabe sino concluir que la negativa de la recurrida a reincorporar al recurrente a sus labores, constituye un acto arbitrario e ilegal, motivo por el cual el presente arbitrio cautelar deberá ser acogido. En tal sentido se ha pronunciado esta Iltma. Corte de Apelaciones en
Fallo
por tanto, la improcedencia de la desvinculación anticipada del recurrente. En base a lo anterior, es que con fecha 22 de junio de 2023, el recurrente remite carta al Gobernador Regional de Ñuble, a fin de que se dé estricto cumplimiento a lo resuelto, recibiendo respuesta desfavorable a su solicitud mediante Ord. N° 01089, del 28 de junio de 2023, indicando que se procederían a interponer los medios de impugnación pertinentes, no siendo resuelta por tanto su reincorporación, ni cumpliéndose con los pagos correspondientes, lo cual lo ha afectado económica y emocionalmente dada la insistencia del Gobierno Regional de no acatar la resoluciones de la Contraloría. Finaliza solicitando a esta Corte la protección de los derechos que han sido vulnerados de forma reiterada por la recurrida y se reestablezca el imperio del derecho, ordenándose el cumplimiento de lo instruido por la Contraloría sin más dilación. 2°.- Que al informar, el abogado Fernando Ignacio Silva Cárcamo, en representación del Gobierno Regional de Ñuble, representada legalmente por el Gobernador Regional de Ñuble, don Óscar Crisóstomo Llanos, indica que mediante oficio ordinario N°01089, del 28 de junio de 2023, se le comunica al recurrente que en conformidad a la normativa vigente se procederá a interponer los medios de impugnación pertinentes, en conformidad a esto es que se procede a impugnar los oficios y resoluciones, mediante la interposición de un recurso de protección deducido en contra de la Contraloría
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Chillán, catorce de agosto de dos mil veintitrés. Visto: 1°.- Que, comparece Pablo Andrés Troncoso Alarcón, domiciliado en Quinta El Rosario Huape, kilómetro 14, Chillán, interponiendo recurso de protección contra de Oscar Crisóstomo Llanos, Gobernador Regional de Ñuble, por vulnerar sus derechos estatutarios al poner término anticipado a su relación laboral, y vulnerar las garantías constitucion
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