SIN INFORMACION

COSSIO/SERVICIO AGRIOLA Y GANADERO

Rol

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Primero: Que, dispone el artículo 1º del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales que el recurso de protección puede interponerse frente a la privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto. Segundo: Que, es menester, en consecuencia, para su interposición y procedencia la existencia de actos u omisiones que vulneren los derechos expresamente protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y que ello se ejecute dentro del término fatal señalado. En el mismo orden de cosas, su artículo 2° en su inciso segundo dispone que, “Presentado el recurso, el Tribunal examinará en cuenta si ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Si su presentación es extemporánea o no se señalan hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en la referida disposición constitucional, lo declarará inadmisible desde luego por resolución fundada.”. Tercero: Que, con los antecedentes de que da cuenta el recurso, y con el mérito de la causa tenida a la vista para resolver la admisibilidad, consta, en primer término, que el asunto ya ha sido sometido al imperio del derecho, tanto en el ingreso anterior de esta Corte, como en la instancia administrativa, donde el recurrente ha tenido la oportunidad de efectuar descargos y plantear el recurso de reconsideración al que alude. En ese sentido, sólo puede concluirse que ha agotado la vía administrativa para reclamar de la resolución que le es desfavorable. En cuanto a la vía constitucional, y contrariamente a lo que estima el recurrente, el recurso de protección que intentara anteriormente, Rol N° 3219-2022 de esta Corte, rechazado y confirmado por la Excma. Corte Suprema

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales que el recurso de protección puede interponerse frente a la privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto. Segundo: Que, es menester, en consecuencia, para su interposición y procedencia la existencia de actos u omisiones que vulneren los derechos expresamente protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y que ello se ejecute dentro del término fatal señalado. En el mismo orden de cosas, su artículo 2° en su inciso segundo dispone que, “Presentado el recurso, el Tribunal examinará en cuenta si ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Si su presentación es extemporánea o no se señalan hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en la referida disposición constitucional, lo declarará inadmisible desde luego por resolución fundada.”. Tercero: Que, con los antecedentes de que da cuenta el recurso, y con el mérito de la causa tenida a la vista para resolver la admisibilidad, consta, en primer término, que el asunto ya ha sido sometido al imperio del derecho, tanto en el ingreso anterior de esta Corte, como en la instancia administrativa, donde el recurrente ha tenido la oportunidad de efectua

Texto Completo (Preview)

C.A. de Arica Arica, catorce de agosto de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado, téngase a la vista la causa Rol Corte N° 3219-2022 Protección. Resolviendo el libelo de protección. A lo principal: VISTO: Primero: Que, dispone el artículo 1º del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales que el recurso de protección puede interponer

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica