GIVOVICH/CLÍNICA SANTA MARÍA SPA
Rol
Fecha
17 de agosto de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada René Rojas Sánchez, el veinte de junio de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de dieciséis del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-12124-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada René Rojas Sánchez, el veinte de junio de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de dieciséis del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-12124-2023.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. A los folios 3 y 4; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede
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