MARADEY/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
14 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, en representación de doña María Carolina Maradey Gil, venezolana, cédula de identidad para extranjeros N° 27.163.170-7, con la finalidad de recurrir de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por estimar que ésta ha incurrido en una omisión arbitraria e ilegal al no resolver oportunamente su solicitud de Visa Temporaria sujeta a contrato, con cambio de empleador, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el artículo 19 en sus números 2 y 3, es decir, igualdad ante la ley y debido proceso. Explica que, que luego de cierto tiempo en Chile, presentó una solicitud de Visa Temporaria sujeta a contrato, sin embargo, con el transcurso del tiempo cambió de empleador por lo que, de acuerdo con lo establecido en la Ley que rige la materia, solicitó cambio de empleador con fecha 19 de octubre del año 2020, la cual se recibió de forma satisfactoria, quedando signada con el código N° 12786249, sin que, hasta la fecha, se haya dictado un acto terminal al efecto. Denuncia que la omisión referida, vulnera los principios de celeridad, conclusión, imparcialidad e inexcusabilidad administrativa, todos consagrados en la Ley N° 19.880, motivo por el que solicita se acoja el recurso y ordene a la recurrida resolver la solicitud de cambio de empleador y otorgar la Visa Temporaria sujeta a contrato de la recurrente, acogiéndola por cumplir los requisitos de la Ley de Extranjería y su Reglamento. Sin perjuicio de ello, pide a esta Corte, se decreten las medidas que estime prudente para resolver esta situación. SEGUNDO: Que, a folio 5, evacúa informe la recurrida Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción de protección. Señala que con fecha 05 de marzo de 2019, la extranjera ingresó al territorio nacional por el paso fronterizo carretera Chacalluta; que, mediante Resolución Exenta N° 287.457, de fech
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, SE RECHAZA, el recurso de protección constitucional deducido en favor de doña María Carolina Maradey Gil, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Redacción a cargo de la abogada integrante M. Fernanda Vásquez Palma. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-93592-2022. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes e integrada por la Ministra (S) señora Erika Villegas Pavlich y por la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, en representación de doña María Carolina Maradey Gil, venezolana, cédula de identidad para extranjeros N° 27.163.170-7, con la finalidad de recurrir de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por estimar que ésta ha incurrid
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