BANCO INTERNACIONAL/M Y C PROMOCIONES LIMITADA
Rol
Fecha
17 de agosto de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ejecutado con fecha veinticinco de julio del año en curso (folio N° 17), contra la resolución de veintidós de junio del mismo año (folio N° 6-cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-12162-2023.mst
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ejecutado con fecha veinticinco de julio del año en curso (folio N° 17), contra la resolución de veintidós de junio del mismo año (folio N° 6-cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-12162-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámi
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