2º JUZGADO CIVIL DE TALCAHUANO

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA CON LUIS POBLETE NOVOA (S)

Rol

97190-2021

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FONDO Y OMITE FORMA(M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En autos rol C-1362-2019, seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, por sentencia de treinta de octubre de dos mil diecinueve, se acogió la denuncia formulada en conformidad a la Ley General de Pesca y Acuicultura, condenándose a don Luis Poblete Novoa como armador y patrón de la embarcación artesanal “Don Lucho III”, por infracción a la normativa pesquera vigente consistente en capturar especies hidrobiológicas en contravención a la fijación de cuotas anuales por especie, en un área determinada. Respecto de esa decisión, el denunciado dedujo recurso de apelación, y una sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, por resolución de nueve de diciembre de dos mil veintiuno, en autos N°1611-2020, de ingreso de dicha Corte, la confirmó. En contra de dicho pronunciamiento, la parte denunciada, dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, los que pasan a analizarse. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: I.- En cuanto al recurso de casación en el fondo: PRIMERO: Que el recurrente sustenta su arbitrio, en que la sentencia impugnada infringió lo dispuesto en los artículos 55 Ñ y 55 O de la Ley General de Pesca y Acuicultura; considera vulnerado, además, el artículo 124 del mismo texto legal, pues se le otorga un alcance por los sentenciadores, que hace inoperantes los artículos 55 Ñ y 55 O antes citados, dejando sin efecto la necesaria aplicación del principio de la especialidad, como norma de interpretación y aplicación de la Ley, así como las disposiciones constitucionales contenidas en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República, en cuanto los integrantes de los diversos órganos del Estado, incluyendo al Poder Judicial, deben actuar dentro de la órbita de sus competencias y atribuciones. Finalmente alega infracción al artículo 4 del Código Orgánico de Tribunales en cuanto prohíbe al Poder Judicial mezclarse en las atribuciones de otros poderes Públicos. Señala que la sentencia impugnada yerra al determinar que ambos sistemas infraccionales coexisten y se complementan, toda vez que claramente se trata de un asunto cuyo conocimiento corresponde a la Administración, en cuyo mérito debe instruir el correspondiente procedimiento sancionatorio. Sostiene que en el presente caso los tribunales se han abocado a un asunto que corresponde conocer a la Administración, y eventualmente ante el ejercicio de los derechos de impugnación que reconoce la propia Ley de Pesca, los Tribunales Civiles podrían conocer de la respectiva reclamación en contra de lo obrado por la Administración, sustanciándose así el respectivo proceso contencioso administrativo. SEGUNDO: Que, para una adecuada comprensión del asunto planteado, deben considerarse los siguientes antecedentes que constan en el proceso: a) La denuncia fue presentada el 22 de abril de 2019 por don Carlos Contreras González, Inspector del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, (Sernapesca), ante el Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, teniendo como fundamento que don Luis Poblete Novoa armador y patrón de la embarcación don Lucho III, de S.T.I. Pescadores y Armadores y Ramos Afines de La Pesca Artesanal, Siparma – Lota, capturó el recurso sardina común y anchoveta con infracción a la cuota anual del año 2018 por especie, en un área determinada, en los términos establecidos en los artículos 3 letra c) y 107, 110 letra f) y 112 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Ello, no obstante que el Servicio Nacional de Pesca comunicó mediante Ord/VIII/N.º 49.582 de 6 de noviembre de 2018 a la mencionada organización, que debía suspender las actividades extractivas sobre los recursos anchoveta y sardina común por haberse completado la cuota asignada para el año 2018. b) El denunciado, que niega haber incurrido en la transgresión, se excepciona, entre otras alegaciones, en la incompetencia absoluta de los tribunales civiles para conocer de las infracciones derivadas de hechos que

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 764 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de casación en el fondo deducido por el abogado Pablo Manríquez Díaz, en representación de don Luis Poblete Novoa, en contra de la sentencia de nueve de diciembre de dos mil veintiuno de la Corte de Apelaciones de Concepción, la que se anula y se reemplaza por la que, sin previa vista y separadamente, se dicta a continuación. Téngase por no interpuesto el recurso de casación en la forma impetrado en lo principal de la referida presentación. Regístrese y devuélvase. Rol N° 97.190-2021. Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora María Cristina Gajardo H., señor Diego Simpertigue L., ministro suplente señor Raúl Mera M., y el Abogado Integrante señora Leonor Etcheberry C. No firma el Ministro señor Blanco, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar con feriado legal. Santiago, ocho de agosto de dos mil veintidós.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de agosto de dos mil veintidós. Visto: En autos rol C-1362-2019, seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, por sentencia de treinta de octubre de dos mil diecinueve, se acogió la denuncia formulada en conformidad a la Ley General de Pesca y Acuicultura, condenándose a don Luis Poblete Novoa como armador y patrón de la embarcación artesanal “Don Lucho III”, por infracció

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica