JENNIFER DE CARMEN ASCANIO GRANADOS / DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
14 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece Jennifer del Carmen Ascanio Granados, y deduce recurso de protección en contra de la Delegación Regional Presidencial de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile. Funda su arbitrio señalando que hace aproximadamente un año realizó la autodenuncia voluntaria, de manera virtual y hasta la fecha no ha tenido ningún tipo de respuesta. Manifiesta que quisiera que su trámite saliera para poder estar un poco más tranquila y poder darle una mejor calidad de vida a sus hijas y poder encontrar un trabajo estable. A folio 4 y 11, rola informe de la Delegación Regional Presidencial de Valparaíso, solicitando el rechazo del recurso de protección intentado en todas sus partes, puesto que la acción interpuesta en contra de esa autoridad es improcedente. Expone que según se señala en el recurso de protección impetrado, el extranjero recurrente ingresó al territorio nacional por un paso no habilitado. Acompaña en su recurso Declaración Voluntaria de ingreso clandestino efectuada ante la Policía de Investigaciones de Chile, mediante los medios electrónicos dispuestos por dicha autoridad. Refiere que esa autoridad no dictó sanción migratoria alguna contra el recurrente, ya sea de multa, orden de abandono, expulsión, ni cualquier otra sanción migratoria, durante el tiempo que tuvo facultades para ello. Sostiene que a través de la presente acción de protección, se persigue que la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso se pronuncie respecto del decreto de expulsión del extranjero recurrente. Aduce que con la entrada en vigencia de la Ley 21.325 con fecha 12 de febrero del año 2022, la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso ya no tiene facultades en materia migratoria, por lo que no es posible que en la actualidad pueda decretar la expulsión del territorio nacional de los extranjeros recurrentes. A mayor abundamiento y conforme lo dispuesto en los artículos 126 y siguientes de la Ley 21.325, es una “facultad” del Director Nacion
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, del mérito de lo expuesto y lo informado, consta que en relación a su Declaración Voluntaria de Ingreso Clandestino de la actora, se cursó la denuncia por ingreso clandestino al territorio nacional remitiéndose al Servicio Nacional de Migraciones el Informe Policial N° 10 de fecha 05 de enero de 2023 del Departamento de Migraciones y Extranjería, haciéndole entrega a la recurrente de la respectiva Tarjeta de Extranjero Infractor, razón por la cual no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción, atendido que ya fue efectuada su declaración y se cursó la denuncia administrativa, motivo suficiente para rechazar el recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Jennifer del Carmen Ascanio Granados, en contra de la Delegación Regional Presidencial de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile. Comuníquese a la actora por la vía más expedita lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones a folio 22. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-172989-2022. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, catorce de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de agosto de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece Jennifer del Carmen Ascanio Granados, y deduce recurso de protección en contra de la Delegación Regional Presidencial de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile. Funda su arbitrio señalando que hace aproximadamente un año realizó la autodenuncia voluntaria, de manera virtual y hast
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