LAZO/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
11 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Pedro Agustín Lazo Hernández interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, representada por su gerente general don Nelson Mauricio Rojas Mena, por la acción arbitraria e ilegal consistente en el descuento efectuado a su remuneración del mes de febrero de 2023, por la suma de $125.000 por concepto de “Descuento 2 Crédito Personal CCAF”, vulnerando de este modo su garantía constitucional consagrada en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que en con fecha 20 de abril del año 2018, suscribió el pagaré Nº 008CON101020103, a favor de la recurrida, por la suma de $3.966.689, por concepto de capital, más los intereses correspondientes, que sería pagado en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $137.684, venciendo la primera de ellas el 30 de junio de 2018. Sin embargo, debido a la pérdida de su empleo, no pudo cumplir los pagos acordados, cayendo en mora desde agosto de 2018. Explica que, por lo anterior, la recurrida demandó ejecutivamente, el 07 de Febrero de 2019, iniciándose la causa Rol C-4679-2019, tramitada ante el 06° Juzgado Civil de Santiago, en la que con fecha 12 de enero del año 2021, se declaró abandonado el procedimiento, resolución que se encuentra firme y ejecutoriada, según certificación de fecha 01 de febrero de 2021. Agrega que en noviembre de 2022 obtuvo un nuevo trabajo, bajo la dependencia de Activos Chile Empresa de Servicios Transitorios SPA y al tiempo de recibir su remuneración de febrero de 2023, se percató que la cantidad era considerablemente menor a la pactada, lo que se debía a un descuento por la suma de $125.000 por concepto de “DESCUENTO 2 CRÉDITO PERSONAL CCAF”, lo que importa un detrimento ilegal y arbitrario a su remuneración. Hace presente que jamás fue informado, por ningún medio, respecto de la decisión unilateral de la recurrida en cuanto a ejecuta
Fallo
por tanto, si ese proceder afectó o amenaza la garantía constitucional invocada. QUINTO: Que con el mérito de los antecedentes aportados, apreciados conforme a la sana crítica es posible tener por establecido los siguientes hechos: 1.- Que la Caja de Compensación con fecha 20/04/2018, otorgó al recurrente un crédito por la suma de $3.966.689 pagadero en un plazo de 48 meses, con una cuota de $137.684, cuyo primer vencimiento correspondió al 30 de junio de 2018. 2.-La recurrente se constituyó en mora desde el mes de agosto de 2018. 3.- Que en el mes de febrero de 2023 la recurrente se percató de descuentos efectuados en su remuneración por la suma de $125.000 por concepto de “crédito personal C.C.A.F” 4.- Que ante el Sexto Juzgado Civil de esta ciudad se tramitó el juicio ejecutivo Rol C-4679-2019, juicio que se declaró abandonado por resolución de 12 de enero de 2021. SEXTO: Que de los antecedentes allegados a la causa, se observa que el actuar de la Caja de Compensación Los Andes se enmarca dentro de las facultades que le han sido conferidas por la Ley Nº18.833, específicamente en su artículo 22, el que dispone que “lo adeudado por prestaciones de crédito social a una Caja de Compensación por un trabajador afiliado, deberá ser deducido de la remuneración por la entidad empleadora afiliada, retenido y remesado a la Caja acreedora, y se regirá por las mismas normas de pago y de cobro que las cotizaciones previsionales”. SÉPTIMO: Que, en consecuencia la recurrida ha despleg
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C.A. de Santiago Santiago, once de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Pedro Agustín Lazo Hernández interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, representada por su gerente general don Nelson Mauricio Rojas Mena, por la acción arbitraria e ilegal consistente en el descue
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