SIN INFORMACION

ANA MARIA MONGE FARCUH/ ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. (PR15)

Rol

Fecha

11 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la ciudad de Santiago, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-14083-2023.

Fallo

se resuelve a continuación. Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la ciudad de Santiago, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-14083-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CVF/ccv Concepción, once de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito folio 198243(7): Estese a lo que se resuelve a continuación. Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la ciudad de Santiago, se declara que este tribunal no es competente par

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