MP C/ CRISTINA DE LOURDES PASMINO SANDOVAL
Rol
Fecha
9 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oído el interviniente: 1°.- Que por sentencia de 4 de agosto de 2017, la imputada fue condenada como autora del delito de hurto simple frustrado, a la pena de 51 días de prisión en su grado máximo. Además, consta que la enjuiciada no ha cumplido la pena sustitutiva impuesta, esto es, prestación de servicios en beneficio de la comunidad, no obstante habérsele dado reingresos en diversas oportunidades, tal como lo indicó el juez a quo. 2°.- Que luego, fue condenada por diversos delitos con posterioridad a esta causa, y cometió otro delito el 17 diciembre de 2018. 3°.- Que para resolver la solicitud principal de la defensa, de decretar la prescripción de la pena, se debe tener presente que el artículo 97 del Código Penal dispone que: “Las penas impuestas por sentencia ejecutoriada prescriben: La de presidio, reclusión y relegación perpetuos, en quince años. Las demás penas de crímenes, en diez años. Las penas de simples delitos, en cinco años. Las de faltas, en seis meses”. Por su parte, el artículo 98 del citado texto dispone: “El tiempo de la prescripción comenzará a correr desde la fecha de la sentencia de término o desde el quebrantamiento de la condena, si hubiere ésta principiado a cumplirse”. 4°.- Que de la lectura de ambas normas se desprende que para determinar la concurrencia de la prescripción de la pena se debe considerar la pena en concreto que le fuere impuesta con anterioridad a la enjuiciada, por cuanto el artículo 97 antes citado indica “las penas impuestas en la sentencia ejecutoria” y no a los delitos que originaron esas sanciones o a la pena asignada al delito y, en este caso, la pena corporal fue de prisión, es decir, de una falta penal conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del Código Penal. 5°.- Que en consecuencia, habiendo sido condenada por un nuevo delito, sucede que la prescripción que había comenzado a correr -respecto de la condena dictada con antelación- se interrumpió, perdiendo el tiempo que hubiere comenzado a corre
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 370 del Código Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de 1 de julio de este año, y en su lugar se declara que se declara prescrita de la pena de 51 días de prisión impuesta a Cristina de Lourdes Pasmiño Sandoval, en causa Rit N° 6607-2017, y conforme a lo dispuesto en el artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento definitivo. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N°3564-2023 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de agosto de dos mil veintitrés. Sala: Séptima Rol Corte: Penal-3564-2023 Ruc: 1700720547-3 Rit : O-6607-2017 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Jenny Book Reyes, la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el Abogado Integrante señor Sebastian Ramón Hamel Rivas Relator: Arturo Chadwick Digitador (a
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