SIN INFORMACION

CARRIZO/HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PUBLICA

Rol

Fecha

9 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA (DEL ACUERDO)

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Hechos

VISTOS: Comparece Leonor Evelyn Carrizo Alquinta, presidente de la ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS TÉCNICOS PARAMÉDICOS Y OTROS FUNCIONARIOS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, deduce recurso de protección en favor de 82 funcionarios afiliados - Jennifer Ivelise Abarca Valenzuela, Yesenia Abaunza Mosquera, Estefanía Solange Agüero González, Irma Fabiola Alegría Verdugo, Natalia Silvana Aravena López, Elizabet Estefanía Asencio Ramírez, Pamela Andrea Báez Rodríguez, Angélica María Barraza Sandoval, Dina Vitalia Barriga Valenzuela, Almendra De Los Ángeles Brana Silva, Josué Ignacio Bustamante Escobar, Jaime Andrés Callejas Quispe, Elizabeth Ricardina Campos Muñoz, Soraya Andrea Campos Muñoz, Paula Andrea Caniullán Acevedo, Juan Jesús Cárdenas Ramírez, Carlos André Cariqueo Navia, Carolina Teresa Castillo Diaz, Claudio Arturo Castro Jeria, Yesenia Maribel Cerda Canales, Janeth Milagros Condori Nina, Gonzalo Alberto Cuevas Robles, Manuel Díaz Huanquilef, Estefanía Del Rosario Fernández Cordero, Romina Valeria Garay Muñoz, Estivaliz Cristina Gormaz Arce, Paola Andrea Guerrero Aracena, Yaritza Del Carmen Hernández Aguilera, Karina Margarita Herrera Cavieres, Isaías Ignacio Herrera Ortega, Mónica Francisca Iturra Ramírez, Valentina Isidora Lagos Sandoval, Patricio Esteban Lara Huechao, Lorena Eliana Larraguibel Galleguillos, Camila Francisca López López, Marcela Jeanette Machuca Alfaro, Andrea Mayerling Marchant Rozas, Daniela Andrea Martínez Ganga, Jennifer Carola Méndez Vera, Katherine Daniela Meneses Macaya, Lidia Del Pilar Miranda Álvarez, Ariela Rosa Montes Cariqueo, Giselle Karen Mora Arias, María José Morales Ortega, José Nolberto Muñoz Labrin, Kalia Katherina Navarrete Vallejos, Elsa Verónica Negrete Maturana, Carolina Luisa Olguin Lobos, Claudio Custodio Olmedo Dubo, Marco Antonio Oróstica Valdenegro, Mauricio Ismael Paillal Quintupil, Lucia Victoria Parra Romero, Jacqueline Eliana Penrroz Gallegos, Eduardo Adrián Pérez González, Rita María Pino Paredes, Romin

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: El llamado recurso de protección es entendido como una acción destinada a cautelar ciertos derechos fundamentales frente a menoscabos derivados de acciones u omisiones de carácter ilegal o arbitrario, en que pueden incurrir las autoridades o los particulares. Así, se ha considerado que dicha acción cautelar supone la concurrencia de ciertos presupuestos. A saber: a) que exista una acción u omisión ilegal o arbitraria; b) que como consecuencia de esa acción u omisión ilegal o arbitraria se prive, perturbe o amenace un derecho fundamental; y c) que ese derecho esté señalado como objeto de tutela en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. SEGUNDO: En la especie, el acto u omisión que se tacha de arbitrario e ilegal concierne al descuento efectuado en la remuneración de los funcionarios signados, por la participación en la paralización de funciones, ocurrida los días 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del mes de noviembre de 2022, sin haber iniciado, un sumario administrativo previo que determinara, en cada caso, la procedencia de la retención efectuada de parte del sueldo en el mes de diciembre de dicho año. TERCERO: El recurrido, entiende que el artículo 72 de la Ley 18.834, (DFL 29) autorizaba la retención en cuestión, sustentada en lo informado a la Dirección del Hospital de Urgencia por los Jefes o Supervisores del Servicio, disposición que dice “Por el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse remuneraciones… Mensualmente deberá descontarse por los pagadores, a requerimiento escrito del jefe inmediato, el tiempo no trabajado por los empleados, considerando que la remuneración correspondiente a un día, medio día o una hora de trabajo, será el cuociente que se obtenga de dividir la remuneración mensual por treinta, sesenta y ciento noventa, respectivamente”. CUARTO: Como puede apreciarse, no existe controversia en cuanto a la ocurrencia de la paralización de labores, como a la efectividad de haberse efectuado descuentos a diversos funcionarios del hospital, sino que, aquella recae en determinar, si en el caso, correspondía o no, iniciar un sumario administrativo previo a los funcionarios que vieron disminuido su sueldo por tal evento. QUINTO: Pues bien, el recurrido, allego al recurso copia de Memorándums emitidos en el mes de noviembre de 2022, bajo los numerales 289, 291, 283 y 286, de la Subdirección de Gestión Del Cuidado, con nómina de funcionarios, que se dice, no se presentaron a su turno o bien abandonaron sus labores habituales en distintas Unidades, dirigidos al Director (S). Asimismo, se allego copia de registro de la jornada laboral del mes de noviembre de 2022. Cabe tener presente, sin perjuicio de lo que se dirá más adelante, la exigencia del artículo 72 de la Ley N° 18.834, en consonancia, con el Dictamen citado en el recuso, esto es, cumplir con el requisito formal de requerir la autoridad del respectivo servicio, en el caso, al Director del Hospital, ante ausen

Fallo

Por estas consideraciones y, de conformidad al artículo 20 de la Constitución Política de la Republica y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre el recurso de protección, se acoge, sin costas, la acción intentada por los funcionarios ya individualizados, dejándose sin efecto los descuentos practicados en las remuneraciones de los funcionarios, en el mes de diciembre de 2022, montos que les deberá ser restituidos en un breve plazo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la Ministro Sra. Barrientos Guerrero. Rol N°756-2023 Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada, además, el ministro señor Alejandro Aguilar Brevis y el abogado integrante señor Jorge Gómez Oyarzo. No firma el ministro señor Aguilar, quien concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, por no encontrarse al momento de hacerlo.

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de agosto de dos mil veintitrés.- VISTOS: Comparece Leonor Evelyn Carrizo Alquinta, presidente de la ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS TÉCNICOS PARAMÉDICOS Y OTROS FUNCIONARIOS DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL, deduce recurso de protección en favor de 82 funcionarios afiliados - Jennifer Ivelise Abarca Valenzuela, Yesenia Abaunza Mosquera, Estefanía Solange Agüero González, Irm

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