SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA KLION/PESQUERA VILLA ALEGRE S.A
Rol
Fecha
9 de agosto de 2023
Materia
SENTENCIA JUDICIAL, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que esta Corte comparte los argumentos sostenidos por el a quo, en cuanto a que no resultaron acreditados los requisitos de la tercería alegada, por no constar que los bienes hayan formado parte del contrato celebrado entre tercerista y ejecutada, sumado a que el apelante olvida la sanción de inoponibilidad contenida en el artículo 41 de la Ley N°18.290, el fallo debe ser confirmado. Aquello no admite variación producto de la adhesión a la apelación del ejecutante pues, como la profesional ha reconocido en estrados, los argumentos en ella contenidos no formaron parte del debate. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 207 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma el fallo en alzada, dictado por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Coquimbo el día treinta de diciembre de dos mil veintidós, cuaderno de tercería, con costas. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 72-2023 Civil.-
Fallo
fallo debe ser confirmado. Aquello no admite variación producto de la adhesión a la apelación del ejecutante pues, como la profesional ha reconocido en estrados, los argumentos en ella contenidos no formaron parte del debate. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 207 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma el fallo en alzada, dictado por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Coquimbo el día treinta de diciembre de dos mil veintidós, cuaderno de tercería, con costas. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 72-2023 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, nueve de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Que esta Corte comparte los argumentos sostenidos por el a quo, en cuanto a que no resultaron acreditados los requisitos de la tercería alegada, por no constar que los bienes hayan formado parte del contrato celebrado entre tercerista y ejecutada, sumado a que el apelante olvida la sanción de inoponibilidad contenida en el artículo 41 de l
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