JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ PAULINA ROCIO OROZCO ORTIZ

Rol

Fecha

9 de agosto de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto Que, las alegaciones de la defensa orientadas a cuestionar el requisito de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, pretendiendo una calificación jurídica distinta de aquella efectuada por el ente persecutor en la formalización de investigación, dicen relación con argumentaciones de fondo, que deberán ser valoradas en su oportunidad por el Tribunal Oral, bastando por ahora los antecedentes esgrimidos por la Fiscalía, consignados en el parte de carabineros que contiene la declaración de la víctima y un testigo, dando cuenta del acceso mediante un forado en el cerco perimetral del inmueble y la detención de la imputada con las especies, para tener por configurada la existencia del delito con el estándar que se requiere en esta etapa procesal. Que, en cuanto a la necesidad de cautela,

Fundamentos

considerando la irreprochable conducta anterior y la dinámica de los hechos, esta Corte estima que los fines del procedimiento pueden cautelarse con medidas distintas de aquella impuesta por el a quo.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 122, 139, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de treinta y uno de julio en curso, y en su lugar se imponen a Paulina Rocío Orozco Ortiz las medidas cautelares de arresto domiciliario total y prohibición de acercarse a la víctima. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-433-2023.-

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán mgab/gzz Chillán, nueve de agosto de dos mil veintitrés. Visto Que, las alegaciones de la defensa orientadas a cuestionar el requisito de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, pretendiendo una calificación jurídica distinta de aquella efectuada por el ente persecutor en la formalización de investigación, dicen relación con argumentaciones de fondo, que deberán ser v

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