SIN INFORMACION

GONZALEZ/BANCO DE ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

9 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Felipe Finalteri Barra, abogado en representación de Víctor Manuel Valdebenito Hurtado, Elmer Nazario Gamarra, Odilia del Carmen Pfeng Guerra, Marcelo Rodrigo Mondaca Pfeng, Gloria Eugenia Padilla Thiers, Javier Andrés Rioseco Arcos, Eugenia del Carmen Barra Delgado, Consuelo del Rosario Vargas Aróstica, Francisco Arturo Huerta Manquez, Marianela del Carmen Moraga Galindo y Carmen Judith González Zambrano, quienes recurren de protección en contra del Banco del Estado de Chile Explica que los recurrentes son dueños de los inmuebles ubicados en Avenida Manuel Antonio Matta Nº934, departamentos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 11, del Edificio ubicado en Pasaje Particular que colinda con la sucursal del Banco recurrido ubicada en Avenida Matta N° 950, inmueble que fue construido por el Banco para sus funcionarios, sin embargo, a lo largo del tiempo estos departamentos han sido vendidos a particulares. Agrega que el 19 de agosto de 2022, cerca de las 23:27 horas, uno de los vecinos envío un mensaje al grupo de WhatsApp de la comunidad informando de un robo en la sucursal del Banco, oportunidad en que los vecinos temieron por su integridad puesto que escucharon disparos y se representaron la posibilidad de que los delincuentes ingresaran a alguno de los departamentos intentando escapar. Reclaman que el Banco no ha dispuesto medidas de seguridad suficientes puesto que no mantiene un sistema de iluminación permanente, no existe un servicio de guardias de seguridad y el muro medianero no cuenta con una altura suficiente para evitar el escalamiento. Así, afirma que, la sucursal del recurrido no cumple con los requisitos de seguridad exigidos a las oficinas bancarias de acuerdo con la Recopilación Actualizada de Normas. Capítulo 1-6 de la Comisión para el Mercado Financiero y argumenta que ello constituye un acto arbitrario e ilegal que vulnera la garantía constitucional del artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la Repú

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado que rige la materia se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Felipe Finalteri Barra, en representación de los vecinos: Víctor Manuel Valdebenito Hurtado, Elmer Nazario Gamarra, Odilia del Carmen Pfeng Guerra, Marcelo Rodrigo Mondaca Pfeng, Gloria Eugenia Padilla Thiers, Javier Andrés Rioseco Arcos, Eugenia del Carmen Barra Delgado, Consuelo del Rosario Vargas Aróstica, Francisco Arturo Huerta Manquez, Marianela del Carmen Moraga Galindo y Carmen Judith González Zambrano, en contra del Banco del Estado de Chile. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la ministra (s) señora Díaz Urtubia. N°Protección-102348-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Felipe Finalteri Barra, abogado en representación de Víctor Manuel Valdebenito Hurtado, Elmer Nazario Gamarra, Odilia del Carmen Pfeng Guerra, Marcelo Rodrigo Mondaca Pfeng, Gloria Eugenia Padilla Thiers, Javier Andrés Rioseco Arcos, Eugenia del Carmen Barra Delgado, Consuelo del R

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica