SIN INFORMACION

SUAREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

MIGRD13. ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de ADRIAN ARTURO ALFARO AGUILAR, SANTIAGO ALEJANDRO LOPEZ DICURÚ,ADRIAN EDUARDO GARCIA CASTRO, MARYELIS MARIA RODRIGUEZ CHAVEZ, ELIMAR DEL CARMEN ROMERO YAÑEZ, ROGER ALFONSO CARRERA, ALCIDES RAFAEL LEZAMA ESCORCHE Y OSCAR EDUARDO SUAREZ MARTINEZ y contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Que, se prescindió del informe solicitado y se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, del mérito de los antecedentes y habiéndose prescindido del informe solicitado a la recurrida, en atención a la naturaleza cautelar y sumarísima de este recurso, se advierte que el procedimiento para la obtención de la permanencia definitiva solicitada por el actor se encuentra en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación si se atiende a su fecha de inicio y,

Fallo

por tanto, implica una omisión ilegal y arbitraria que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando su garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de ADRIAN ARTURO ALFARO AGUILAR SANTIAGO ALEJANDRO LOPEZ DICURÚ,ADRIAN EDUARDO GARCIA CASTRO, MARYELIS MARIA RODRIGUEZ CHAVEZ, ELIMAR DEL CARMEN ROMERO YAÑEZ, ROGER ALFONSO CARRERA, ALCIDES RAFAEL LEZAMA ESCORCHE Y OSCAR EDUARDO SUAREZ MARTINEZ y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones deberá dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Acordada con el voto en contra de la Ministra (S) Sra. Ruth Alvarado Villarroel, quien fue del parecer de rechazar el presente arbitrio, por las siguientes consideraciones: 1°) Que, las vulneraciones alegadas por intermedio del presente arbitrio no son tales, pues en primer lugar, la parte recurrente mantiene su situación migratoria regular, pudiendo ingresar y egresar del territorio nacional sin límite, en tanto

Texto Completo (Preview)

tcc C.A. Valparaíso Valparaíso, nueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de ADRIAN ARTURO ALFARO AGUILAR, SANTIAGO ALEJANDRO LOPEZ DICURÚ,ADRIAN EDUARDO GARCIA CASTRO, MARYELIS MARIA RODRIGUEZ CHAVEZ, ELIMAR DEL CARMEN ROMERO YAÑEZ, ROGER ALFONSO CARRERA, ALCIDES RAFAEL LEZAMA ESCORCHE Y OSCAR EDUARDO SUAREZ MARTINEZ y contra el Servicio Naci

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