CANCINO/DÍAZ
Rol
Fecha
9 de agosto de 2023
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que al momento de trabarse la Litis, regía plenamente las modificaciones legales que la Ley 21.394 introdujo al Código de Procedimiento Civil, disposiciones que deben ser observadas para la sustanciación del procedimiento, lo cual no ocurrió en autos. Que atendido a lo razonado precedentemente, habiéndose interpuesto las excepciones dentro de plazo y lo dispuesto en los artículos 145, 186 y 459 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 23 de noviembre de 2022, inserta en causa Rol N°C-964-2021, del Tercer Juzgado de Letras de Talca, y en su lugar se decide que deberá darse la tramitación al escrito de folio 14 de fecha 17 de noviembre de 2022, como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-119-2023. Se deja constancia que pese haber concurrido a la vista de la causa, no firma el ministro don Carlos Carrillo González, por hallarse en curso en la Academia Judicial.
Fallo
se decide que deberá darse la tramitación al escrito de folio 14 de fecha 17 de noviembre de 2022, como en derecho corresponda. Devuélvase. N°Civil-119-2023. Se deja constancia que pese haber concurrido a la vista de la causa, no firma el ministro don Carlos Carrillo González, por hallarse en curso en la Academia Judicial.
Texto Completo (Preview)
Talca, nueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Que al momento de trabarse la Litis, regía plenamente las modificaciones legales que la Ley 21.394 introdujo al Código de Procedimiento Civil, disposiciones que deben ser observadas para la sustanciación del procedimiento, lo cual no ocurrió en autos. Que atendido a lo razonado precedentemente, habiéndose interpuesto las excepciones dentro de
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