13º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MASAVAL S.A.G.R./COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DYCOIN LTDA ( CASACIÓN Y APELACIÓN )

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su fundamento séptimo que se elimina. Teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Que según consta del estampado del ministro de fe puesto en el pagaré, el notario dejó expresa constancia de que Arturo Atenas actuó en representación de Masaval y no como persona natural, lo que resulta suficiente, atendido lo dispuesto en el artículo 6° del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que los avales y codeudores solidarios, en el contrato de mandato, expresamente lo otorgaron no sólo para constituirse en avalistas y fiadores, sino que agregaron “en el pagaré que se suscriba de acuerdo a este mandato”, de modo que se encuentra acreditado que efectivamente otorgaron mandato para suscribir el pagaré y no sólo para obligarse en general como codeudores, avalistas y fiadores. Por estas consideraciones, normas citadas y lo dispuesto en los artículos 169, 170, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintiuno de marzo del año dos mil veintidós, dictada por el 13°Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 5478-2022 Civil.

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y lo dispuesto en los artículos 169, 170, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintiuno de marzo del año dos mil veintidós, dictada por el 13°Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 5478-2022 Civil.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su fundamento séptimo que se elimina. Teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Que según consta del estampado del ministro de fe puesto en el pagaré, el notario dejó expresa constancia de que Arturo Atenas actuó en representación de Masaval y no como persona natural, lo que resul

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