A.F.P. PROVIDA S.A. CON MUNICIPALIDAD DE LONGAVI
Rol
Fecha
9 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 474 y 476 del Código del Trabajo, 8 de la Ley 17.322, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 29 de junio de 2023, inserta en causa Rol A-2-2023, del Primer Juzgado de Letras de Linares, y en su lugar se decide que deberá darse la tramitación que en derecho corresponda a la demanda de autos. La decisión acordada con el voto en contra de la ministra señora Rojas Arancibia, quien fue del parecer de confirmarla, en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N°Laboral-Cobranza-369-2023. Se deja constancia que pese haber concurrido a la vista de la causa, no firma el ministro don Carlos Carrillo González, por hallarse en curso en la Academia Judicial.
Fallo
se decide que deberá darse la tramitación que en derecho corresponda a la demanda de autos. La decisión acordada con el voto en contra de la ministra señora Rojas Arancibia, quien fue del parecer de confirmarla, en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N°Laboral-Cobranza-369-2023. Se deja constancia que pese haber concurrido a la vista de la causa, no firma el ministro don Carlos Carrillo González, por hallarse en curso en la Academia Judicial.
Texto Completo (Preview)
Talca, nueve de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 474 y 476 del Código del Trabajo, 8 de la Ley 17.322, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 29 de junio de 2023, inserta en causa Rol A-2-2023, del Primer Juzgado de Letras de Linares, y en su lugar se decide que deberá darse la tram
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